Aunque estamos acostumbrados a ver en redes sociales, ya sea en X (anteriormente Twitter) o Instagram, las continuas denuncias públicas por acoso digital a personajes relevantes, no escapamos de ser víctimas de distintos tipos de acoso virtual.
Y es que el conocido hate se extiende desde famosos, actores, personajes televisivos, etc. hasta tu propio compañero de trabajo, tu familia o tú mismo.
¿Qué es el ciberacoso?
Según UNICEF, el ciberacoso es acoso o intimidación por medio de las tecnologías digitales. Puede ocurrir en las redes sociales, las plataformas de mensajería, las plataformas de juegos y los teléfonos móviles. Es un comportamiento que se repite y que busca atemorizar, enfadar o humillar a otras personas. Hay diferentes tipos, ya sea personal, grupal, invasivo, racial o laboral.
En 2022, el 20.8 % de la población usuaria de internet vivió alguna situación de acoso cibernético, lo cual representa un total de 17.4 millones de personas de 12 años y más. De estas, 9.8 millones fueron mujeres y 7.6 millones, hombres.
El ciberacoso se nutre de la creencia de que este es anónimo, aunque a través de la dirección IP se puede identificar al usuario y denunciarlo.
¿Está regulado?
El acoso virtual sí está regulado, en concreto, el delito de acoso en las redes sociales está recogido en el artículo 172 ter de forma general, y con una mención concreta en el apartado 5 de este artículo a la creación de perfiles falsos, usando la imagen de la víctima sin consentimiento para ocasionarle una situación de acoso, hostigamiento o humillación.
Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona de forma insistente y reiterada.
¿Cómo afecta en menores?
Teniendo en cuenta la exposición actual de los menores en las redes sociales, no podría dejar pasar cómo el acoso digital puede influir en su día a día, si bien lo hacen la red X, Instagram o TikTok.
El conocido como ciberbullying o ciberacoso consiste en difundir, coaccionar o mandar mensajes amenazantes, acosar de forma reiterada a la víctima con textos, mensajes o llamadas no deseadas, subir a internet imágenes que puedan dañar o extender rumores sobre ella. Igualmente, robar contraseñas o suplantar la identidad para hacerse pasar por ella, difundir contenido para menospreciar a otra persona, incluso difundir material de índole sexual sin su consentimiento.
Según UNICEF, al menos dos estudiantes en cada clase sufren ciberacoso y uno de cada cinco niños y una de cada siete niñas de entre 12 y 16 años están implicados en un caso.
Diferencia con el tradicional
La principal diferencia es que con el ciberacoso la víctima no descansa, el acoso puede producirse a cualquier hora sin necesidad de verse. Mientras que en el acoso tradicional, si la víctima no se encontraba con el agresor, no existía.
Otra diferencia es que el ciberacoso puede verlo mucha más gente e incluso llegar a hacerse viral, lo que aumenta el daño en la víctima. Internet no olvida, por lo que a diferencia del ataque tradicional, este último puede no llegar a desaparecer nunca.
¿Qué hacer?
En la propia plataforma web de la Policía Nacional encontrarás un apartado para Delitos tecnológicos - Redes sociales donde podrás exponer una descripción del hecho ilícito.
Podremos presentar denuncia ante la Comisaría de Policía Nacional o Guardia Civil. Si el acoso se produce en el ámbito familiar o sentimental, puedes presentar la denuncia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Por último, en algunos casos, se puede presentar de forma telemática a través de la página web del Ministerio del Interior o de la comunidad autónoma donde residas.