La Eurocámara aprueba la primera normativa europea contra la violencia de género
Francia y Alemania impiden que la directiva incluya una definición común de la violación basada en la ausencia de consentimiento.
24 abril, 2024 20:27El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este miércoles por una amplísima mayoría -522 votos a favor, 27 en contra y 72 abstenciones- la primera normativa europea contra la violencia de género. La directiva obliga a los Estados miembros a endurecer las leyes contra la ciberviolencia, mejorar la asistencia a las víctimas y tomar medidas para prevenir las violaciones.
No obstante, la normativa no incluye una de las reivindicaciones centrales de la Eurocámara: una tipificación armonizada en toda la UE del delito de violación basada en la ausencia del consentimiento, en la misma línea que la 'Ley del sí es sí' en España. Un grupo de Estados miembros liderado por Francia y Alemania han bloqueado esta iniciativa con el argumento de que no hay base legal en los Tratados.
Pese a ello, la directiva ha contado con el apoyo de todos los grandes grupos políticos de la Eurocámara. De hecho, todos los eurodiputados españoles han votado a favor, excepto los de Vox que se han abstenido.
La eurodiputada del PP Rosa Estaràs ha celebrado el resultado como un "hito histórico", aunque ha lamentado que "los Gobiernos de algunos países, como el socialista alemán y el liberal francés, hayan impedido que la violación sin consentimiento sea considerada eurodelito".
"La ley contra la violencia contra las mujeres es el mejor broche para el cierre de estos cinco años. Comenzamos la legislatura pidiendo a la presidenta de la Comisión una legislación para combatir la violencia, y la cerraremos con su aprobación", ha destacado la presidenta del grupo socialista en la Eurocámara, Iratxe García, presidenta de los Socialistas y Demócratas.
La directiva obliga a tipificar en toda la UE (con definiciones comunes y sanciones armonizadas) los siguientes delitos: la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, la difusión no consentida de imágenes íntimas, el ciberacoso y la incitación al odio o a la violencia por medios cibernéticos.
La norma también introduce circunstancias agravantes, como ejercer violencia de manera reiterada contra las mujeres, cometer actos de violencia contra una persona vulnerable o un menor y el uso de niveles extremos de violencia.
Además, la directiva facilitará a las víctimas de estos delitos el acceso a la justicia y obliga a los Estados miembros a proporcionar un nivel adecuado de protección y apoyo especializados.
Los Estados miembros deben, por ejemplo, garantizar que las víctimas puedan denunciar actos de violencia contra las mujeres o de violencia doméstica a través de canales accesibles y fáciles de utilizar, en particular la posibilidad de denunciar en línea y presentar pruebas por la misma vía, al menos en lo que se refiere a los delitos en línea.
Cuando los menores sean víctimas de esos delitos, los países de la UE tendrán que garantizar que cuenten con la asistencia de profesionales formados para trabajar con menores.
La directiva entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los países miembros dispondrán de tres años para incorporarla a sus legislaciones nacionales.