La justicia española impide a la Sección Segunda el cierre de goear.com
Que la famosa Ley Sinde no iba a ser la solución a los grandes problemas de la industria con la piratería era algo aceptado por prácticamente todo el mundo, pero mas importante aún era que se trataba de una ley que abre la puerta a abusos y a cierres injustificados de webs. Pese a estos avisos, el gobierno la aprobó y desde entonces tenemos una Sección Segunda que se encarga de dirimir si una web merece seguir en pie o no, no según la ley, sino según su propio y retorcido sentido de lo que debería ser legal. Y de nuevo, todo el mundo sabía que esto iba a provocar problemas en algún momento.
Y ese momento ha llegado ahora, con el intento de cierre de goear.com. Si no lo conocéis, goear es un servicio en el que los usuarios pueden subir archivos de sonido y reproducirlos; evidentemente esto ha provocado que a través de este servicio se compartan muchas canciones vulnerando derechos de autor, pero no es menos cierto que muchos usuarios también los usan para compartir sus creaciones, unos 50.000 artistas de todo el mundo.
Esto no ha supuesto un problema para la Sección Segunda del Ministerio de Cultura, que ordenó el cierre completo de la web por alojar 6.833 archivos (de casi 4 millones en total) pertenecientes a socios de AGEDI, la asociación de discográficas en España; todo esto, pese a que goear se mostró dispuesta en todo momento a eliminar los archivos que vulneraban derechos de autor en cuanto fuese notificada.
Lo mismo que cerrar Youtube
Para ponernos en situación, esto literalmente sería lo mismo que si hubiesen ordenado cerrar Youtube porque hay gente que episodios de una serie, aunque la compañía los borrase. Sería ridículo, ¿verdad? La justicia española está de acuerdo, y ha denegado el cierre de goear.com en lo que ha supuesto la primera vista en España sobre este tipo de decisiones de la Sección Segunda. El motivo es que se considera que el servicio no puede filtrar de antemano los archivos y por lo tanto solo puede reaccionar cuando estos son denunciados, como hizo en su momento. Así que por mucho que le pese a AGEDI, goear no vulnera derechos de autor.
Esta decisión es una llamada de atención en toda regla a la Sección Segunda y a políticas similares consistentes en cerrar todo tipo de webs sin un proceso judicial; al mismo tiempo, la decisión del juzgado demuestra porqué la Ley Sinde y la nueva LPI se crearon para evitar estos procesos judiciales al principio.
Y es que no todo el mundo está dispuesto a apelar a los juzgados las decisiones de la Sección Segunda, por cuestiones de dinero, tiempo y agobio. Para la mayoría de los acusados, es mas sencillo simplemente cerrar la web antes que liarse con abogados y presentar una defensa sólida; goear es el primer gran servicio que ha peleado la decisión y ya hemos visto el resultado. ¿En cuántas ocasiones la justicia habría dado la razón a la web si se hubiera apelado?
Fuente | eldiario.es