Ya son muchos los casos de personas que han sido condenadas a pagar multas cuantiosas o incluso a condenas de cárcel por enviar un simple tuit.
WhatsApp y las redes sociales en general ya forman parte íntegra de nuestra vida diaria. Como es lógico, se ha legislado la ley en torno a las aplicaciones de este tipo. Y es que aunque sea una simple aplicación o portal web, puede ser un potente medio para cometer delitos.
Cada vez se están escuchando más sentencias judiciales en las que se condena a una multa e incluso a cárcel por enviar un simple WhatsApp. Recientemente una madre ha sido denunciada en WhatsApp por difamar sobre una de las profesoras de su hijo. Se enfrenta a una multa de 1 600 euros y está pendiente de que el Fiscal de lo Penal número 3 de Vigo firme sentencia.
El medio no es lo que importa, sino el delito.
El discurso del odio, el principal motivo para acabar con una condena
Tomemos como ejemplo el caso de Cassandra Vera. Fue condenada a un año de cárcel por publicar 13 tuits en el que humilla a víctimas del terrorismo y en que enaltece actos terroristas. Hubiera pasado lo mismo si la información se hubiera transmitido en persona. En WhatsApp, ocurriría exactamente lo mismo.
Es obvio que en cuanto al tema legal, una persona puede acabar en la cárcel aún habiéndose manifestado en un grupito de WhatsApp de cuatro amigos (mientras la información se filtre y alguien lo denuncie). Pero debemos preguntarnos, ¿realmente esa persona debe cumplir condena? Hay que entender muchas cosas: contexto, tono y otras que por estos medios, desde luego, no se puede captar. Algo en tono jocoso se puede malinterpretar.
Es como si nos pudiesen multar por pensar algo ilegal. Lo que hablamos por WhatsApp, aunque parezca que no, es algo muy personal, igual que el pensamiento. Mientras lo que se diga no tenga posibilidad de convertirse en real, ¿no creéis que se debería de tener un poco más de holgura en cuanto a la aplicación de las leyes? Al fin y al cabo son meras palabras escritas.