Cuando hablamos entre miembros de la carrera judicial sobre la falta de paridad en las altas instancias de la judicatura, que cada año se evidencia en el acto solemne de apertura de Tribunales, hay una doble idea que se expresa siempre para negar de forma rotunda el sexismo en los nombramientos o la desigualdad en la carrera judicial. La primera idea fuerza es que no ha dado tiempo suficiente para que las mujeres lleguen a esos puestos; y la segunda, que las mujeres son las que no se postulan.
Intentando abordar esta cuestión de forma aséptica, con el análisis de los datos, vemos que hay una realidad sostenida y tozuda en la falta de igualdad en los nombramientos, a pesar de que hace más de 47 años que ingresó la primera mujer en la judicatura (en mayo de 1972), que hace más de 40 años que se aprobó la Constitución Española, y que hace más de treinta años ya que las promociones de acceso a la carrera judicial por el turno libre tienen una proporción de más del 40% de mujeres (un 42%, por ejemplo, en la promoción de 1988 del hoy ministro Fernando Grande-Marlaska), en proporción creciente hasta cifras actualmente superiores al 70%.
Así, según el informe de la Comisión de igualdad del Consejo General del Poder Judicial de 6 de septiembre del corriente año 2019 sobre desglose por género de cargos discrecionales, en el Tribunal Supremo, sin contar con el presidente, hay 80 magistrad@s, 66 varones (82,5%) y 14 mujeres (17,5 %). Ninguna mujer ha llegado a ser presidente del CGPJ y del TS, ni de ninguna de sus Salas. En las presidencias del Tribunal Superior de Justicia la ratio es peor aún, ya que hay 15 varones (93,75%) y una sola mujer (6,25 %).
Para analizar la hipótesis del tiempo que recoge la primera idea -“la igualdad es cuestión de tiempo”- debemos centrarnos en los nombramientos más recientes, que según su enunciado deberían ser más paritarios.
Todos los nombramientos habidos en el seno del Tribunal Supremo han recaído sobre varones
Un repaso de los nombramientos discrecionales aprobados en los acuerdos del Pleno del Consejo General del Poder Judicial del corriente año 2019, en que sus miembros se encuentran prorrogados en sus funciones, ofrece los datos que paso a exponer según el portal de transparencia. Se han designado 10 presidencias de Audiencias Provinciales, se han decidido 8 nombramientos en los dos Tribunales de ámbito nacional, Tribunal Supremo (7) y Audiencia Nacional (1), y otros 7 en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia.
Todos los nombramientos habidos en el seno del Tribunal Supremo han recaído sobre varones, a pesar de que en cinco casos había candidatos de ambos sexos; en dos de estos las mujeres solicitantes fueron excluidas de las ternas, por lo que la presentada al Pleno únicamente estaba formada por candidatos varones.
En los siete nombramientos de los Tribunales Superiores de Justicia, cuatro han recaído sobre mujeres y tres sobre varones, pero de las cuatro mujeres designadas para presidir una Sala, tres de ellas eran candidatas únicas. En cuanto a los varones, de los tres designados, solo uno era candidato único. En consecuencia, únicamente existió decisión entre varios candidatos en tres ocasiones, en las que, además, entre los solicitantes había varones y mujeres. Los dos puestos de presidente del propio Tribunal Superior de Justicia (Madrid y Galicia) fueron concedidos a varones. La mujer nombrada entre varios lo fue para presidir la Sala de lo Social del TSJ de Aragón, Sala en la que nunca había entrado una mujer.
En las Audiencias Provinciales, de 10 nombramientos de presidencias, 7 han sido para varones y 3 para mujeres, aunque de éstas en una de ellas la designada fue la única solicitante. En la mitad de los casos se ha designado al único candidato (cuatro varones y una mujer). En los otros cinco supuestos de pluralidad de candidatos, en dos no había ninguna solicitante mujer, y en tres casos han existido candidatos varones y mujeres, resultando designados un varón (La Coruña) y dos mujeres (Valencia y Lérida). En todos los supuestos de designación candidato único a la presidencia de Audiencia Provincial se trataba de renovación de mandato de presidentes ya designados en la anterior convocatoria de 2014.
Parece así que el mayor número de varones como presidentes de Audiencia Provincial en los primeros nombramientos de 2014 se perpetúa un segundo mandato, al concurrir, en la mayoría de los casos, como único candidato el presidente que aspira a la renovación. Este fenómeno ocurre también en los nombramientos de presidencias de TSJ y de sus Salas, culminando en muchas ocasiones con la jubilación del presidente renovado, de forma que se mantienen las designaciones mayoritarias de varones de etapas precedentes.
Es cierto que el varón se postula un poco más, pero ello no explica completamente las cifras del panorama actual
Del análisis de estos datos se concluye que, efectivamente, el varón se postula un poco más, pues de los 25 nombramientos 11 lo han sido con candidaturas únicas (4 m- 8 v), 3 con candidaturas plurales únicamente de varones, y 11 con candidaturas mixtas; pero ello no explica completamente las cifras del panorama actual, sobre todo en los cargos de mayor relevancia, Tribunal Supremo y presidencias de Tribunales Superiores de Justicia, verdadero techo de cristal para la mujer en la judicatura.
En cuanto al factor tiempo, recapitulando lo obtenido en el período analizado, han sido 25 nombramientos, 18 varones (72%) y 7 mujeres (28%), de las cuales ninguna en el Tribunal Supremo (0%), y ninguna como presidente de Tribunal Superior de Justicia (0%), 4 de ellas candidatas únicas, lo que supone que más de la mitad (57,14 %) de las mujeres nombradas lo han sido sencillamente porque no había otro candidato.
En consecuencia, si eliminamos el factor de postulación, los datos sobre el factor del tiempo son contrarios a la hipótesis formulada, pues en los once casos de elección posible entre candidatos varones y mujeres solo en tres de ellos el CGPJ ha designado a una mujer (27,27%), y en los restantes a varones (72,73%). Algo no está funcionando.
Hay un elemento consciente o inconsciente que en la elección inclina la balanza. El artículo 57.1º de la Constitución Española de 1978, cuando dice “siendo preferida siempre (...) en el mismo grado, el varón a la mujer” huella viva e indeleble de la desigualdad, planea sobre las mentes de todos.
*** Mónica García de Yzaguirre es magistrada y miembro de la Comisión de Igualdad de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria.