Felipe VI y la Princesa Leonor, en posición de saludo, el pasado 12-O en el desfile de la Fiesta Nacional.

Felipe VI y la Princesa Leonor, en posición de saludo, el pasado 12-O en el desfile de la Fiesta Nacional.

LA TRIBUNA

La jura de la Constitución de Felipe VI es un buen precedente para Leonor

La organización exquisitamente parlamentaria del protocolo del juramento del príncipe Felipe en 1986 refleja la sustancia del acto que este martes protagonizará la heredera.

30 octubre, 2023 02:35

Este martes 31 de octubre la Princesa de Asturias llegará a su mayoría de edad y jurará la Constitución. La Casa Real y las Cortes ya tienen preparada la solemne sesión.

No somos más que ceremonia, decía Montaigne. Nos arrastra la ceremonia y olvidamos la sustancia de las cosas; nos quedamos con las ramas y abandonamos el tronco. Esto es lo que, con la ayuda de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional hemos terminado de hacer con los juramentos en España: quedarnos con las ramas y convertirles en pura hojarasca, cuando no en ocasión de escándalo.

Para quienes defendemos el orden constitucional (con sus necesarias reformas, llegado el caso), lo más importante de la próxima ceremonia de la jura de la Princesa de Asturias no es el boato que dicho acto suele llevar aparejado con sus uniformes, trajes, joyas, peinados, desfiles y recepciones. El sentido de ese acto es resaltar el compromiso con los españoles que la Princesa adquirirá de guardar y hacer guardar la Constitución. Unas obligaciones que adquieren una especial relevancia en momentos delicados como el actual, en los que una parte de la llamada mayoría progresista cuestiona abiertamente el orden constitucional y se propone acabar con el mismo.

Jura de constitución de Felipe VI en 1986.

Jura de constitución de Felipe VI en 1986. GTRES GTRES

Las promesas no son declaraciones de intenciones ni predicciones enfáticas del futuro. Las promesas crean obligaciones que, además de generar expectativas, inducen al destinatario (en este caso, el pueblo español) a confiar en el comportamiento del promitente. No honrar las promesas es engañar. Es utilizar a las personas no como fines sino como simples medios. Y cuando esto ocurre, como vemos a veces con gobernantes y representantes que mienten y engañan, se derrumba la confianza, que es el mejor capital social de una sociedad bien ordenada.

Fue esa idea de expresar en el protocolo la renovación del compromiso de la Corona con nuestro sistema constitucional lo que motivó en 1986 no pocas discusiones y negociaciones a propósito de la jura del príncipe Felipe. Tiene interés repasar los problemas y las soluciones que se adoptaron.

El 30 de enero de 1986 el Príncipe de Asturias cumplía dieciocho años, por lo que en el último trimestre de 1985 se comenzó a preparar el acto de su juramento. Era la primera vez que un miembro de la Casa Real iba a prestarlo. El rey Juan Carlos I, cuya aportación al régimen constitucional nadie puede poner en duda, no lo hizo. No juró la Constitución, aunque sí la sancionó. No había, pues, precedente que lo regulara y el presidente del Congreso, Gregorio Peces-Barba, tan preocupado siempre por la dimensión institucional, comenzó a diseñar de su puño y letra un primer boceto.

Que el acto debía realizarse en las Cortes no ofrecía la menor duda por cuanto la propia Constitución así lo había establecido. A principios de octubre el presidente del Congreso me explicó, en mi calidad de ministro de Relaciones con las Cortes, las ideas generales del borrador que estaba preparando. Le manifesté mi acuerdo y quedamos en que concretaríamos los detalles protocolarios que afectaban al Gobierno.

Pocos días más tarde el gabinete del presidente del Gobierno me pidió que entregara a Peces-Barba una nota informativa en la que se recogían las ideas de Moncloa sobre aquel acto. En síntesis, lo que planteaba era que el Parlamento compartiera con el Ejecutivo el protagonismo del acto. Entendían que el juramento previsto en la Constitución era doble: un juramento de "guardar y hacer guardar la Constitución" y otro juramento de "mantener la fidelidad al Rey". En el primero quien recibiría el juramento serían las Cortes Generales como representantes del pueblo español. En el segundo, quien recibiría el juramento sería el propio Rey.

"La solución de Peces-Barba fue optar por un solo juramento con un texto calcado del art. 61 de la CE, interviniendo únicamente el presidente del Congreso"

Una interpretación como esta implicaba que en el acto debería intervenir también el presidente del Gobierno, por cuando la acción de S.M. el Rey de aceptar el juramento de fidelidad del Príncipe de Asturias exigía el refrendo del Gobierno. Y esta interpretación daba lugar a un protocolo con una participación del Gobierno que desdibujaba al destinatario de la promesa, que no era otro que el pueblo español a través de sus representantes.

El presidente del Congreso no veía clara la participación en este acto del Gobierno y quedó pendiente su decisión de un estudio y de hablarlo con la oposición. El 21 de noviembre de 1985 los servicios de la Secretaría General (Dirección de Relaciones Parlamentarias) le entregaron a Peces-Barba unas muy documentadas observaciones sobre las pretensiones de Moncloa. El punto clave, para la Cámara, era precisar si se trataba de un solo juramento con un doble contenido o de dos juramentos.

Si se trataba de un único juramento, estaba claro que este sólo se prestaba a las Cortes, en su condición de representantes del pueblo. Si se consideraba que se trataban de dos juramentos, cabía la interpretación que hacía Moncloa.

Los únicos precedentes de la jura del principie heredero eran las Constituciones de 1812 y de 1868. Las demás se refieren al juramento del Rey y al de los Regentes; pero no al del Principie heredero.

La Constitución de 1812 ofrecía el texto exacto de lo que debía jurar (guardar la Constitución y ser fiel y obediente al Rey); la segunda sólo señalaba el deber de jurar. En ninguno de ellos tenía protagonismo alguno el Ejecutivo. En suma, para los servicios de la Cámara, dirigidos por Luis Cazorla, parecía más fundamentada la opción de integrar los dos contenidos en un único juramento.

El Congreso de los Diputados prepara la jura de la Constitución de Leonor, el pasado miércoles.

El Congreso de los Diputados prepara la jura de la Constitución de Leonor, el pasado miércoles. DRV

En la decisión final del Presidente del Congreso influyó la posición del líder de la oposición (eran tiempos en los que la oposición contaba en las decisiones institucionales). Este le planteó que, si hablaba el presidente del Gobierno, debería intervenir el llamado líder de la oposición. Dudo que el resto de los portavoces aceptaran, en ese caso, su eventual exclusión de las intervenciones.

Estaba claro que convertir aquel acto institucional en un debate parlamentario carecía de sentido. Y privaría a la sesión de la institucionalidad y solemnidad que acompaña siempre a la presencia de SS.MM. en el hemiciclo.

La solución final de Peces-Barba fue que se optaría por un único juramento con un texto calcado del artículo 61 de la Constitución, que intervendría únicamente el presidente del Congreso en nombre de las Cortes Generales y que procuraría, en todo caso, visibilizar la presencia del Gobierno en el protocolo. Esta opción me pareció razonable aunque no fue del gusto de Moncloa.

"Cuando muchos grupos políticos cuestionan el orden constitucional y la unidad de España, la jura de la Princesa no puede reducirse a un evento mediático"

En todo caso, negociamos que sería el Gobierno quien provocaría la convocatoria. Se haría mediante un Acuerdo del Consejo de Ministros que yo le enviaría y cuyo texto conoció previamente tanto la Casa Real como la presidencia de las Cortes.

En este Acuerdo se daría cuenta de que Su Alteza Real el Príncipe Heredero don Felipe de Borbón alcanzaría el día 30 de enero la mayoría de edad. Y sería el Gobierno quien solicitaría la convocatoria de una sesión conjunta del Congreso y del Senado con un punto único en el orden del día, que no sería otro que el de recibir el juramento del Príncipe.

El Acta del Consejo que finalmente envié a la Cámara, redactada por el secretario general técnico de mi ministerio, Javier García Fernández, la leería el letrado mayor de las Cortes, Luis Cazorla. Asimismo el Gobierno conocería previamente el texto de la intervención del presidente de las Cortes.

También hablamos de la ubicación en estrados así como el posterior desfile. Y así fue como se hizo.

[Las divertidas tomas falsas de un joven Felipe VI de 17 años al grabar el discurso antes de su jura de la Constitución]

Desde Moncloa se organizó un segundo acto en el Palacio Real, finalizada la sesión del Congreso, con más de mil asistentes. Y cuyo único contenido era la imposición de la Gran Cruz de Carlos III al Príncipe de Asturias.

La organización exquisitamente parlamentaria de la jura la interpretaron algunos medios como fruto de una pretendida vanidad del presidente de Peces-Barba. Pero el fundamento de la decisión del presidente del Congreso, tomada tras el informe al que me he referido y con el apoyo del Grupo Popular y el resto de los Grupos, estaba en su convicción, que también era la mía, de que ése era el acto que correspondía a una Monarquía parlamentaria.

Al margen del tipo de acto que se haya acordado para mañana, aquel laborioso protocolo es un excelente precedente a seguir en la jura de la Princesa de Asturias.

En unos momentos en los que unas minorías integradas en una mayoría liderada por el partido socialista cuestionan con fuerza el orden constitucional y aspiran a romper la unidad de España, la jura de la Constitución por parte de la Princesa no puede reducirse a un evento mediático. Debe ser la ocasión para que la Corona renueve su compromiso con las libertades y la igualdad de derechos de los españoles y para que los españoles reforcemos, en medio de los presentes desafíos, nuestra confianza en la estabilidad y fuerza del orden constitucional.

Esta es la sustancia de la jura. Y esto es lo que debe reflejar el protocolo.

*** Virgilio Zapatero es catedrático emérito y exrector de la Universidad de Alcalá, y exministro de Relaciones con las Cortes.

Felipe VI y la princesa de Asturias en el palco real el Día de la Hispanidad.

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