La sede del TSXG en A Coruña.

La sede del TSXG en A Coruña. EP

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Confirman una multa de 2.500 euros a un vecino de Arteixo (A Coruña) por agredir a un concejal

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2018, cuando este vecino golpeó al citado concejal por "no solucionar los problemas de corte de suministros de agua que tenía su madre"

4 noviembre, 2022 16:17

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que condenó a un vecino de Arteixo (A Coruña) por agredir al concejal de Urbanismo del municipio.

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2018, cuando este vecino golpeó al citado concejal por "no solucionar los problemas de corte de suministros de agua que tenía su madre, ya que consideraba que era competencia del departamento que dirigía el afectado".

Los magistrados de primera instancia lo consideraron autor de un delito de atentado a la autoridad y de otro de lesiones, por los cuales le impusieron un año de cárcel y el pago de una multa de 2.520 euros. Además, lo han condenado a indemnizar a la víctima con 1.588 euros.

El recurrente alegó ante el TSXG que no consta suficientemente probado que su acción tuviese “ánimo de menoscabar la autoridad de la víctima, por su condición de concejal de Urbanismo”, atribuyendo los hechos “a un tema personal” y, por tanto, “ajeno al ámbito de actuación pública del agredido”.

Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal indica que los hechos probado, no contradichos, "hacen expresa referencia a que el acusado, además de conocer a la víctima, era conocedor de su condición de concejal".

Por todo ello, los magistrados rechazan ese motivo de alegación, al igual que la tesis del recurrente que planteó como alternativa a la calificación de los hechos como delito de resistencia, basándose en que no habría habido acometimiento.

En relación al delito de lesiones, el TSXG destaca que fue necesario para la curación un tratamiento médico y que el afectado estuvo 30 días de baja, por lo que asegura que “se rebasa el ámbito del delito leve”. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.