Condenan a dos hombres en A Coruña por agredir a una menor al grito de puta facha en Riazor

Condenan a dos hombres en A Coruña por agredir a una menor al grito de "puta facha" en Riazor

A Coruña

Condenan a dos hombres en A Coruña por agredir a una menor al grito de "puta facha" en Riazor

Se les atribuye un delito de lesiones leves por empujar y propinar patadas a la menor tras increparle diciendo "a dónde vas con esa pulsera de mierda" en alusión a un brazalete con la bandera de España

29 enero, 2024 10:07

Dos hombres han sido culpados como coautores de un delito de lesiones leves por agredir a menor de edad en el estadio de Riazor de A Coruña al grito de "puta facha gilipollas" el 2 de octubre de 2022. Ambos deberán pagar una multa de siete euros diarios y una inndenización de 400 euros a la víctima. El Juzgado de Instrucción Número 1 de A Coruña fue el encargado de dictar sentencia, pero los acusados presentaron dos recursos que finalmente la Audiencia Provincial de A Coruña desestimó, ratificando así la sentencia original.

Los hechos se produjjeron cuando la víctima de la agresión se encontraba en la grada de maratón inferior con una amiga. Al ver que llevaba una pulsera con la bandera de España dos comenzaron a increparle diciendo "a dónde vas con esa pulsera de mierda, puta facha gilipollas". A continuación "la comenzaron a empujar, llegándole a pegar patadas, hasta que ésta pudo abandonar dicha grada con su amiga", según recoge la sentencia.

La joven sufrió lesiones cervicales y rozaduras en ambas piernas. Por ello, el Juzgado de Instrucción Número 1 de A Coruña condenó a los dos hombres por un delito de lesiones leves, sin embargo ambos presentaron recursos a la sentencia.

Todos los recursos fueron desestimados

Finalmente los acusados deberán asumir la multa, pues todos los recursos fueron desestimados. La Audiencia Provincial concluyó que la prueba documental propuesta por uno de los acusados para tener en cuenta en un hipotético nuevo juicio era "innecesaria". El órgano judicial provincial también determinó que "no existe, pues, incorrección alguna en la regla de juicio que condujo a la concreta afirmación de culpabilidad" del joven.

El recurso del segundo acusado, que defendía "no haberse practicado en el plenario prueba de cargo bastante para acredirar su culpabilidad" en el primer juicio también fue destimada.

Asimismo, la sentencia recuerda que el Juzgado de Instancia determinó que "la menor es totalmente veraz" en su narración de los hechos y que "siempre ha mantenido la misma versión", además de "carecer de cualquier relación con los denunciados que permita inducir que ésta cuenta con un ánimo de perjudicarlos".