La empresa Atento ha sido condena por un juzgado de A Coruña a condenar a una trabajadora de la ciudad por daños y perjuicios tras ser sancionada de forma no justificada con dos días de empleo y sueldo.
Para la jueza, hay "una evidente conexión temporal" entre la sanción que se le puso a la mujer por la atención a un cliente, con la presentación de una demanda por parte de la trabajadora en materia de conciliación.
Sobre los hechos que acarrearon la sanción por la atención a un cliente, la Sala dice que "no revisten la exigencia de culpabilidad ni se puede concluir una voluntad clara, cierta, terminante y firme de incumplir los deberes laborales".
De esta forma, la empresa ha sido condenada a indemnizar a la empleada con unos 1.140 euros. Cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El sindicato CGT considera que "queda probado que la sanción, motivado por una auditoría realizada por la empresa cliente (Telefónica), era del todo improcedente".
En un comunicado, la CGT valora que la sentencia "se ponga del lado de la clase trabajadora y castigue el abuso de poder empresarial". Espera que "sea un precedente para que de ahora en adelante Atento y otras empresas empiecen a respetar los derechos de los trabajadores".