¿Pueden cobrar los bares de A Coruña por un vaso de agua del grifo?
El verano está a la vuelta de la esquina e hidratarse es más importante que nunca, pero… ¿Es legal que te cobren por un vaso de agua del grifo?
28 abril, 2024 13:00El verano está a la vuelta de la esquina y la subida de las temperaturas es la excusa perfecta para pasar el día en algunas de las playas de A Coruña. En esta época del año hidratarse correctamente es más importante que nunca para evitar sufrir cualquier tipo de indisposición, si bien las recomendaciones también basan por no abusar de los líquidos con cafeína o grandes cantidades de azúcar y permanecer, en la medida de lo posible, en lugares frescos, a la sombra o climatizados.
Al hilo de este asunto, es habitual que en los meses estivales los clientes de bares y restaurantes pidan un vaso de agua para calmar la sed. Pero… ¿Es legal que los establecimientos nos cobren por un vaso de agua del grifo? No. De hecho, en el artículo 18.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, se prohíbe que se cobre por un vaso de agua del grifo.
La norma -que entró en vigor en abril de 2022 tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que se aplica desde el 1 de enero de 2023- busca reducir el consumo de envases de un solo uso. Así, "en los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento".
¿Y te pueden cobrar por el hielo?
A la hora de pagar a veces nos podemos llegar alguna que otra sorpresa y es que el hielo es uno de los extras que sí te pueden cobrar los establecimientos de hostelería, aunque no sea una práctica muy extendida en A Coruña. "A nuestro juicio, cobrar por el hielo de un refresco, un café o agua es tan abusivo como si te cobraran por usar la vajilla", explica la Unión de Consumidores (OCU).
Además del hielo, el servicio de pan también es otro posible extra a pagar, siempre y cuando figure en la lista de precios, e incluso la leche del café. Por otra parte, los suplementos por mesa o terraza también se deben indicar en la carta y el establecimiento, además de aparecer en el propio ticket de la factura.