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La Audiencia de A Coruña absuelve a un acusado de maltratar a su pareja por falta de pruebas

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La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto a un hombre acusado de maltratar y de agredir sexualmente a su pareja porque el testimonio de la mujer "no cumple con el parámetro de credibilidad objetiva porque no está suficientemente corroborado". "No es que dudemos del testimonio de la víctima que parece revestido de cierta persistencia y verosimilitud; es que no está suficientemente corroborado, con la claridad exigible en un procedimiento penal", se destaca en el fallo. 

Tanto la acusación particular como la Fiscalía pedían para el hombre 15 años y medio de prisión por un delito continuado de agresión sexual, otro de violencia habitual sobre la mujer y un último de lesiones. La Audiencia de A Coruña ha desestimado las penas y ha absuelto al acusado, si bien la sentencia no es firme, pues cabe recurso al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. 

En la sentencia solo se ve probado que el acusado y la denunciante mantuvieron una relación y convivieron juntos entre 2016 y 2018. Un año después la mujer denunció a su expareja por supuestos malos tratos físicos y psíquicos, así como agresiones sexuales continuadas. 

En la sentencia se recoge que "el problema es que los posibles datos de corroboración existen, pero no se han aportado al juicio". Ejemplo de ello es que las acusaciones no llamaron a testificar a personas que podrían "haber sido oportunas" para aclarar ciertas dudas sobre el testimonio de la mujer. 

Los magistrados apuntan que habría sido recomendable la testificación de familiares de la mujer dado que la denunciante "declaró que su madre y, sobre todo, su hermana, se oponían a su relación con el acusado por sus malos antecedentes y que, entablada la relación, el acusado la aisló de su familia". Lo mismo ocurrió con compañeros de trabajo que, tras una supuesta agresión por parte de su pareja, habrían hablado con ella preocupados por su bienestar. 

Con todo, en la sentencia se recoge que "es indiscutible que, tras esa relación, Hortensia muestra una huella psíquica de síndrome ansioso depresivo y sintomatología aislada de reexperimentación, evitación e hiperactivación, trastorno de ansiedad, trastorno distímico y trastorno de estrés postraumático". En ese sentido, los magistrados aclaran que "esta constatación de sufrimiento personal no nos permite avanzar mucho para esclarecer lo acontecido, porque puede ser compatible con haber padecido violencia machista y sexual, o con haberse visto involucrada en una relación tóxica sin relevancia criminal".