El juicio por la muerte de Samuel Luiz, el joven de 24 años que falleció durante la madrugada del 3 de julio de 2021 tras ser agredido en el Paseo Marítimo de A Coruña, ha sido aplazado. La vista iba a celebrarse inicialmente desde el 13 de septiembre.
El aplazamiento se debe a que uno de los abogados defensores ha solicitado la suspensión por tener previamente señalado en esas mismas fechas un juicio con Tribunal del Jurado en una causa con un preso en Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 188.1.6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La magistrada presidenta ha acordado que el juicio se celebre entre el 16 de octubre y el 18 de noviembre en la Audiencia Provincial de A Coruña. La selección del jurado popular se realizará el día 15, según Europa Press.
Las cuestiones a las que deben dar respuesta
Serán 87 cuestiones a las que deberán dar respuesta, a las que se suman otras siete sobre el grado de ejecución del delito y la participación de los cinco acusados. La magistrada presidenta también detalló que el jurado popular decidirá si los hechos descritos constituyen un delito de asesinato, además de un posible delito de robo con violencia por la presunta sustracción del móvil de la víctima.
Respecto a las circunstancias agravantes, precisa que se determinará si dos de los acusados (D.M.M. y C.S.B.) ejecutaron los hechos relatados "por causa de su animadversión hacia la orientación sexual homosexual que le atribuyeron a la víctima".
Como eximentes y/o atenuantes, la magistrada presidenta señala que ha de establecerse si tres de los procesados, debido a la previa ingesta de bebidas alcohólicas o de drogas, se encontraban en estado de intoxicación, dando lugar "a alguna situación de alteración, disminución o eliminación de su capacidad para formar su voluntad y comprender el alcance de sus actos".
Las pruebas no incluidas
La magistrada decretó en el auto emitido previamente a la nueva fecha del juicio que procede admitir las pruebas propuestas por las partes en sus respectivos escritos de acusación y defensa, a excepción de los informes policiales de visionado de imágenes y de la llamada infografía forense con el correspondiente reportaje videográfico, tal y como decretó el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Además, de conformidad con lo peticionado por sus defensas, ha accedido a que los acusados D.M.M., C.S.B., A.F.G. y K.A.S.C. declaren en último lugar, tras concluir el resto de la práctica de la prueba, y a que el acusado A.M.R. declare al principio.
D.M.M., A.F.G. y a K.A.S.C. está en prisión provicional, comunicada y sin fianza. Otro de los acusados y la mujer están en libertad con obligación de comparecencias ante el juzgado.