Fachada de la sede del Tribunal Supremo.

Fachada de la sede del Tribunal Supremo. EUROPA PRESS

Costa da Morte

Anulada la sentencia contra un joven de Vimianzo (A Coruña) por saltarse el confinamiento

El hombre había sido condenado a pagar 1.440 euros de multa tras haber sido interceptado "hasta en siete ocasiones" por la Guardia Civil fuera de su domicilio "de manera injustificada"

13 diciembre, 2023 16:18

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha declarado nula la sentencia dictada hace más de tres años contra un joven de Vimianzo (A Coruña) acusado de vulnerar las restricciones de movilidad aprobadas tras la declaración del Estado de Alarma por la Covid-19. El varón había sido condenado a pagar una multa de 1.440 euros.

Los hechos ocurrieron entre los días 22 y 26 de marzo de 2020, cuando el imputado tenía 19 años, según recoge Europa Press. El joven había sido interceptado "hasta en siete ocasiones" por agentes de la Guardia Civil vulnerando "de manera injustificada" las limitaciones a su derecho a la libertad de movimiento "mediante salidas de su domicilio".

En un juicio rápido celebrado el 1 de abril de 2020, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Corcubión resolvió condenar al joven a una pena de ocho meses de multa con una cuota diaria de seis euros por un delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad.

La defensa del joven decidió presentar un recurso extraordinario de revisión contra dicha sentencia amparándose en un fallo del Tribunal Constitucional del 14 de julio de 2021 que estimaba parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Real Decreto que declaraba el Estado de Alarma.

La declaración parcial de inconstitucionalidad del Estado de Alarma dejaba sin efecto varias disposiciones del decreto relacionadas con la limitación del movimiento. Este, precisamente, fue el motivo principal esgrimido por el Supremo en su sentencia para estimar el recurso presentado por la defensa del joven y dictar "una nueva sentencia en sentido absolutorio".

"El acusado se hallaba en el legítimo ejercicio de sus derechos fundamentales cuando los agentes, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto, le ordenaron que cesara en el disfrute de estos", recoge, respecto de los hechos imputados, la sentencia del Supremo, que absuelve al joven vimiancés de toda responsabilidad.