Galicia busca atajar los brotes laborales: mascarilla obligatoria en oficinas y espacios comunes
Todos los usuarios de los centros sanitarios podrán estar acompañados y se eliminan algunas restricciones en las atracciones de feria
21 mayo, 2021 21:25SANTIAGO DE COMPOSTELA, 21 May. (EUROPA PRESS) –
La Xunta ha decidido avanzar en la desescalada gallega con la progresiva apertura de los locales de hostelería, pero al mismo tiempo, el Diario Oficial de Galicia (DOG) establece novedades para atajar las situaciones que se dan en los centros de trabajo y pone por escrito que es obligatorio el uso de la mascarilla en todos los espacios laborales.
Esta medida no se había impuesto por ahora, pero el DOG que ha publicado a media tarde la Xunta y que entra en vigor este mismo sábado, incluye novedades para evitar brotes en lugares como pueden ser los comedores o salas de uso común, en los que según fuentes sanitarias consultadas por Europa Press se han detectado brotes en los últimos meses con trabajadores que coinciden en esos lugares.
Concretamente, se añade un nueva "regla". "En las actividades de ámbito laboral desarrolladas en espacios comunes o de uso colectivo, o en cualquier dependencia en que estén varios trabajadores y/o clientes, será obligatorio el uso de la mascarilla".
Otras novedades
En los centros de salud y hospitales, estará permitida la presencia de una persona acompañante por usuario, sin otra matización de dependencia o por situación de embarazo, como era hasta este momento. Igualmente, se permite una visita por paciente en UCI no covid.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) también establece novedades para la instalación de atracciones de feria, cuya instalación se permitió desde el mes de abril, aunque con aforos en función de la superficie, requisito concreto que se cambia por el de la obligatoriedad de mantener la distancia intepersonal y la relación de una persona por cada tres metros cuadrados, según la nueva orden que publicó este viernes 21 de mayo la Consellería de Sanidade.
En todo caso, solo están permitidas en aquellos ayuntamientos en situación media o media baja.
Debe haber una reducción al 50 por ciento en el número de asientos en el caso de que las atracciones sean sentadas y en el caso de convivientes, no tienen que estar separados. En todo caso, en aquellas en las que por sus características y configuración quede garantizada en todo momento la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios, se podrán ocupar todas las plazas disponibles.