La sede del TSXG en A Coruña.

La sede del TSXG en A Coruña. EP

Galicia

El TSXG condena al Sergas a indemnizar con 122.000 euros a un paciente que sufrió un ictus

La prescripción "doble e indebida" de betabloqueantes provocó al paciente un edema agudo de pulmón, que derivó en un ictus

17 octubre, 2022 15:44

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia que condenó al Sergas a indemnizar con 122.254,56 euros por los daños y perjuicios causados en 2016 a un paciente del Hospital da Costa de Burela debido a una “doble e indebida” prescripción de betabloqueantes, lo que le provocó un edema agudo de pulmón, que derivó en un ictus.

“No hay que tener grandes conocimientos médicos para comprender que la prescripción simultánea de dos antibloqueantes, en una persona con antecedentes cardíacos, al provocarle un menor gasto por enlentecimiento del ritmo del corazón, puede generar graves complicaciones, hasta el punto de producir un edema agudo de pulmón como antesala al ictus isquémico derivado”, subrayan en la sentencia los magistrados de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG.

Además, el tribunal indica que ha resultado acreditado que la dosis de antibloqueantes era excesiva, “ya fuera por ignorancia médica, ya fuera por no atender al historial clínico del paciente”.

El afectado, que cuando sucedieron los hechos tenía 71 años, acudió el 15 de marzo de 2016 al hospital para que le practicasen un electrocardiograma. Su estado de nerviosismo dificultó en grado sumo su realización, según la sentencia, en la que los jueces explican que, ante ello, el cardiólogo que lo atendió le prescribió un betabloqueante, a pesar de que el paciente, por sus antecedentes cardíacos, ya tomaba, desde hacía tiempo, otro betabloqueante.

Los antecedentes clínicos del paciente, según el fallo, “en ningún momento fueron tenidos en cuenta por los facultativos”. La Sala asegura que el doctor que hizo la prescripción, al afirmar que ambas dosis eran compatibles, trató de ocultar “su indebido desconocimiento del historial clínico del paciente, en el que figuraban los tratamientos farmacológicos que se le venían dispensando con anterioridad”.

Los magistrados, por tanto, han desestimado el recurso presentado por el Sergas y la entidad Segurcaixa Adeslas y han confirmado la sentencia apelada, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo. A la indemnización de 122.254,56 euros deben sumarse los intereses legales computados desde el 1 de agosto de 2016. Contra la resolución del TSXG cabe presentar recurso.

La sentencia de primera instancia, ahora confirmada por el alto tribunal gallego, desglosa la indemnización concedida del siguiente modo: 45.599,34 euros, por la secuela de afasia motora; 35.000 euros, por el daño moral y por los doce días de pérdida de calidad de vida moderada; 40.452,22 euros, por 538 días de pérdida de calidad de vida grave; y 1.203 euros, por 12 días de pérdida de calidad de vida muy grave.