El TSXG, a favor de revisar condenas por la ley del ‘solo sí’ según las circunstancias del caso
Se trata de la primera ocasión en la que la Sala del Civil y Penitenciario del Alto tribunal gallego realiza un pronunciamiento genérico en torno al nuevo marco de penas que establece la ley del ‘solo sí es sí’
29 noviembre, 2022 18:04El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se ha mostrado a favor de revisar las condenas que puedan verse afectadas por la entrada en vigor de la conocida ley del ‘solo sí es sí’, siempre que "se atiendan las concretas circunstancias de cada caso y se realice un análisis ponderado de en qué medida favorece al reo la nueva legislación".
Se trata de la primera ocasión en la que la Sala del Civil y Penitenciario del Alto tribunal gallego realiza un pronunciamiento genérico en torno al nuevo marco de penas que establece la ley del ‘solo sí es sí’, que ya se ha aplicado de forma favorable a los condenados en tres ocasiones en las que se rebajaron las condenas impuestas por delitos de agresión sexual.
Mantenimiento de condena
En el caso concreto que ha analizado en el fallo, el TSXG ha rechazado rebajarle la condena de once años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña a un hombre residente en los Países Bajos, al que consideró autor de un delito de captación y utilización de menores para elaborar material pornográfico infantil y de otro delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años.
En este caso, ha confirmado en su integridad la sentencia de primera instancia y ha decretado que “no ha lugar a la revisión de la condena, al no ser la nueva ley más favorable, sino más desfavorable para el reo”.
Por otra parte, la Sala de lo Civil y Penal ha notificado otra sentencia en la que ha rebajado, de acuerdo con el criterio del Ministerio Fiscal, a diez años y medio de prisión la condena de once años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja en 2020, cuando la menor tenía cuatro años.