Imagen de archivo de un autobús de Monbus.

Imagen de archivo de un autobús de Monbus. Monbus

Galicia

El TSXG anula la adjudicación de otro lote de transporte escolar de la Xunta a Monbus

Esta es la tercera sentencia en la misma línea que da a conocer el tribunal. Monbus ya ha anunciado que recurrirá al Tribunal Supremo

28 junio, 2023 19:00

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por nueve empresas contra la adjudicación del lote 57 del contrato de transporte escolar a centros públicos de Consellería de Educación a una UTE (Unión Temporal de Empresas) por estar dominada por el grupo Monbus al 97%. La adjudicación había sido hecha por la Xunta.

Los magistrados señalan que a ello se suma la participación porcentual que tenía Monbus en otras UTE que resultaron adjudicatarias en otros lotes en los que se dividió el contrato de transporte escolar a centros públicos dependientes de Educación. "Se concluye que se han superado con creces los límites de adjudicación permitidos por el artículo 8.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares", destaca la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo en la sentencia.

El TSXG ha anulado la adjudicación del contrato a la licitadora dominada por Monbus y ha ordenado al órgano de contratación a que le requiera a la UTE (que es la formada por las empresas demandantes) que obtuvo la segunda mejor puntuación la presentación de la documentación previa a la adjudicación del contrato, según señala Europa Press.

Tres sentencias por la misma situación

Esta es la tercera sentencia que emite el alto tribunal gallego relativa a las adjudicaciones de los lotes del contrato de transporte escolar. La semana pasada el TSXG también anuló la adjudicación a dos futuras UTE de los lotes 51 y 45 del contrato porque estaban dominadas por el grupo Monbus, con una participación que excedía del 90% y del 60%, respectivamente.

La sala señala que, en todos los casos, las compañías que se agruparon para conseguir la adjudicación de los lotes estaban "dominadas de forma clara por las empresas del grupo Monbus", una circunstancia que afirma que "tenía que haber sido apreciada" por la mesa de contratación, por el órgano de contratación y por el tribunal, para aplicar el límite impuesto en el artículo 99.4.b) de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y en la cláusula 8.2 del pliego rector, que acotaban el número de lotes que podrían adjudicarse a cada licitador.

El pliego establecía, en concreto, un máximo de adjudicación a una misma licitadora de ocho lotes. Ninguna de las sentencias es firme, pues contra ellas cabe presentar recurso de casación.

Monbus recurrirá ante el Supremo

Monbus, por otro lado, ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo también este fallo. La empresa señaló la semana pasada, ante las dos primeras sentencias, que no compartía los argumentos del tribunal y anunció que presentaría un recurso de casación. La compañía considera que el TSXG ha incurrido en una interpretación "contraria a los pliegos de los concursos y a la propia normativa de contratos del sector público".

La conselleira de Infraestruturas e Mobilidade, Ethel Vázquez, remarcó que la Xunta, "como siempre hizo" con el plan de transporte público y en todo lo relacionado con este ámbito, cumple "escrupulosamente la ley de contratos y todo procedimiento administrativo que deben cumplir". Así lo aseguró Vázquez a preguntas de los medios, según recoge Europa Press.