Edificio de la Consellería de Sanidade y Servizo Galego de Saúde (Sergas), en Santiago de Compostela.

Edificio de la Consellería de Sanidade y Servizo Galego de Saúde (Sergas), en Santiago de Compostela. EP

Galicia

El TSXG falla que los concursos de méritos no puede valorar doble la experiencia en el Sergas

La Xunta recurrirá el fallo al entender que es legal y está justificado puntuar más la experiencia en el sistema público gallego que en otras autonomías en el concurso de méritos afectado por el fallo

30 octubre, 2023 20:55

La Xunta de Galicia no pude valorar doble los servicios prestados en el Sistema Galego de Saúde que en otros servicios del Sistema Nacional de Salud. Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que obliga a modificar el sistema de puntuación en un proceso selectivo por concurso de méritos en el Sergas.

El fallo se emitió el pasado 20 de setiembre. En él los magistrados dieron la razón a una persona que recurrió la convocatoria por concurso para el ingreso en varias categorías de facultativo especialista en área, según recoge Europa Press. Se trata de un proceso extraordinario de estabilización abierto al amparo de la Ley 20/2021 a nivel estatal.

El recurrente ejercía en el hospital comarcal de Monforte de Lemos (Lugo) y había trabajado previamente en la sanidad pública de Murcia. En su caso buscaba obtener plaza la categoría de Obstetricia y Ginecología. Decidió impugnar la convocatoria de la Xunta porque, mientras el tiempo trabajado en el Sergas valía 0,2 por mes, en el resto de servicios autonómicos contaba 0,10.

El TSXG ha admitido la demanda del recurrente por considerar, citando jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que el concepto de "servicios prestados" no es ajeno a los de "mérito y capacidad" que establece la Carta Magna. Los magistrados destacan que la diferencia de puntuación no existe en el proceso similar de concurso-oposición, también convocado por el Sergas al amparo de la ley estatal de estabilización de empleo público.

Los magistrados entienden que tal diferencia en la puntuación "constituye una desproporción no admisible" y que vulnera derechos fundamentales. Así, el TSXG ha estimado el recurso y ha anulado el apartado de la baremación, al tiempo que obliga a la Administración a modificarla para equiparar la puntuación del tiempo trabajado en el Sergas y en otras comunidades autónomas.

La Xunta recurre ante el Supremo

Fuentes de la Consellería de Sanidade consultadas por Europa Press confirman que contra esta sentencia hay un recurso presentado ante el Tribunal Supremo. El Gobierno Autonómico defiende que el sistema de valoración fue aprobado en mesa sectorial y que es el criterio "que se está aplicando ya en la mayor parte de las comunidades autónomas".

En este sentido, la Xunta argumenta que hay una ley autonómica (la 5/2022) que permite realizar esta diferencia de puntuación. El concurso de méritos afectado por el fallo -el de facultativo especialista de área- todavía no está finalizado, pero las mismas fuentes de Sanidade insisten en que, por ahora y pese al varapalo judicial, este y otros procesos con las mismas baremaciones siguen adelante.