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El Tribunal Supremo ha confirmado este viernes la absolución del único acusado por el asesinato de una cajera y un reponedor de Cash Record en 1994 tras inadmitir el recurso de casación interpuesto por la acusación particular del caso del Cash Record. El auto de inadmisión afirma que la Audiencia "ha dado cumplimiento a su deber de motivación" y "ha dado satisfacción, paralelamente, al derecho a la tutela judicial efectiva que asiste a las partes", según ha podido conocer Europa Press.
"En efecto, la Audiencia, en el relato fáctico de la sentencia recurrida, afirma que, sobre las 20:00 horas del 30 de abril de 1994, persona o personas no identificadas entraron en el establecimiento de distribución al por mayor Cash Record y mataron con un arma de fuego a M.E.L.R, cajera del establecimiento, y a E.C.T, reponedor, llevándose la recaudación del local, próxima a 3.777.026 pesetas, y huyendo inmediatamente del local".
La Audiencia valoró "con rigor" las pruebas, concluyendo que, con los datos aportados por los testigos, "no puede llegarse a una conclusión plena sobre la identidad del agresor y, en concreto, sobre la presencial en el momento y lugar de los hechos". La Audiencia, en fin, tiene una duda razonable y fundada respecto a la autoría de los hechos y dicta, como no podía ser de otra manera, sentencia absolutoria".
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo absolvió el pasado mes de marzo al único acusado del Cash Record de Lugo, ocurrido el 3 de abril de 1994. El tribunal señaló que "ninguna prueba, ni siquiera indicio, coloca al procesado en dicho polígono la noche en la que sucedieron los hechos", recalcando que "no se juzga a la persona del procesado, ni el tipo de vida que llevaba, ni siquiera si era un hombre que vivía de espaldas a la ley, sino que ese día entro en Cash Record, mató a las dos víctimas y se apoderó de las cantidad de 3.777.026 pesetas.
Los magistrados también afirmaron que "ni siquiera en su conjunto puede apuntar de manera indubitada al procesado como autor de los hechos por los que se le juzga", motivo por el que la Audiencia Provincial de Lugo decretó su absolución, confirmada ahora por el Tribunal Supremo.