Audiencia Provincial de A Coruña.

Audiencia Provincial de A Coruña. López

Provincia de A Coruña

Condenado en A Coruña a dos años y 10 meses de cárcel por maltratar a su mujer y a sus tres hijos

La sentencia considera probado que el varón insultaba a su pareja, a la que llegó a agredir físicamente, así como a los otros miembros de la familia, especialmente su hija

8 julio, 2024 14:41

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a dos años y diez meses de cárcel a un acusado de maltratar a su esposa y a sus tres hijos. "Queda demostrada la existencia de un maltrato habitual a su mujer, que alcanzó también a todos los demás integrantes de la familia, particularmente a la hija, pero también a los dos hijos", subraya el tribunal en la sentencia.

El varón ha sido condenado como autor de dos delitos de maltrato, uno de ellos habitual, sobre la mujer. El tribunal también le ha impuesto la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante seis años y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse con la víctima y con sus tres hijos durante siete años.  

Los magistrados consideran probado en la sentencia que mientras vivían juntos y muchas veces en presencia de los menores, el acusado "insultó reiteradamente a su mujer, llamándola puta, hija de puta, vaga, exigiéndole que limpiase la casa, llegando a agarrarla y a empujarla". En la resolución, relatan que en 2017, durante una discusión en la vivienda familiar por una infidelidad del condenado, se produjo un forcejeo entre ambos, asestándole el procesado un puñetazo en la cabeza a la víctima.

"El comportamiento desabrido y, en ocasiones, violento del condenado también versó sobre los otros miembros de la familia, especialmente sobre su hija, a la que, en fechas que no constan, golpeó con las manos, con un cinturón o con zapatos, diciéndole frecuentemente que era una hija de puta y una vaga, exigiéndole que ayudase en las tareas domésticas", señalan los jueces.

A los otros dos menores, según señala la Sala, "les gritaba, y les llamaba gilipollas, y alguna vez llegó a pegarles, en fechas que no constan". La Sala explica que no le ha impuesto la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de sus dos hijos menores porque, habida cuenta de sus edades, "carecería en buena medida de virtualidad práctica".

La sentencia no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso.