Indicativo de alojamiento turístico en una calle céntrica de A Coruña.

Indicativo de alojamiento turístico en una calle céntrica de A Coruña. Quincemil

Inmobiliario

A Coruña, sobre el control estatal al alquiler turístico: de orden del sector a doble registro

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La ordenación de apartamentos y pisos turísticos y de viviendas de uso turístico (VUT) en Galicia se regula a través de un decreto de 2017 al que quedan sujetas las empresas y propietarios que comercializan estos alojamientos "de manera profesional, habitual y mediante contraprestación económica". Esta norma dicta que los establecimientos deben inscribirse "de oficio" en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) de Galicia. Los dueños de VUT, un tipo de alojamiento que lleva años en auge y que algunas ciudades quieren regular por su cuenta, como es el caso de A Coruña, se van a encontrar en 2025 con otra norma, de carácter estatal, que operará sobre sus propiedades de alquiler temporal o de corta duración.

El Gobierno central ha aprobado este lunes el Real-Decreto-ley por el que se regula con alcance estatal el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, para crear precisamente un registro único de este tipo de arrendamientos.

Tal registro entrará en vigor el 2 de enero de 2025, pero su aplicación será efectiva desde el 1 de julio del próximo año, finalizado el período de transición para que las empresas y propietarios y las administraciones se adapten a lo dispuesto en la norma.

El Gobierno de A Coruña juzga esta medida estatal como "un paso positivo" para "contribuir a ordenar el sector y facilitar el acceso a la vivienda", señalan fuentes municipales, mientras que la asociación que agrupa a dueños de VUT de Galicia, Aviturga, advierte de que, con el registro nacional, "se va a duplicar la base de datos" y duda de la "efectividad" de los registros actuales, según apunta su portavoz, Rafael Serrano.

Alquileres turísticos, de temporada, de habitaciones

El objeto de la norma, publicada ayer martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es la regulación del procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos a modo de pasarela digital para la transmisión electrónica de datos entre las plataformas en línea de alquiler de corta duración y las autoridades competentes. También informará sobre los diferentes usos, regulación y destinos de las unidades dedicadas a alquiler de corta duración en todo el territorio nacional.

Inmueble, con galerías blancas, dedicado a alquiler turístico de corta duración en A Coruña.

Inmueble, con galerías blancas, dedicado a alquiler turístico de corta duración en A Coruña. Quincemil

La norma operará sobre los alquileres turísticos, los alquileres de temporada, los alquileres de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración y que conlleven una remuneración económica, siempre y cuando se oferten a través de plataformas en línea transaccionales.

Los arrendadores están obligados a obtener un número de registro, aportar la información requerida, atender los requerimientos de información, actualizarla en el momento que se produjese un cambio en algunas de ellas y comunicar a las plataformas en línea el número de registro que se haya asignado por el Registro de la Propiedad o el de Bienes Muebles.

"El Concello ve como un paso positivo todo aquello que contribuya a ordenar el sector y a facilitar el acceso a la vivienda"

Ayuntamiento de A Coruña

Las plataformas, por su parte, están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante este número sus viviendas, garantizar que las personas arrendadoras puedan incluirlo en los anuncios y que éste sea visible en ellos. Deberán realizar comprobaciones aleatorias y periódicas e informar a la Ventanilla de los resultados de dichas comprobaciones cuando sean negativos.

El procedimiento para solicitar el número de registro se realizará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores o en el Registro de la Propiedad o Bienes Muebles competente. La solicitud contendrá la dirección específica de la finca y su código registral único, su referencia catastral y también si se alquila una finca en su totalidad o una parte y el número máximo de arrendatarios que se pueden alojar en ella.

España, primer país de Europa en controlar el sector

Con la aprobación de dicha norma, España se convierte en el primer país de la Unión Europea que pone en marcha el reglamento europeo por el que se establece la obligación a los estados miembros de crear un sistema de información en materia de alquileres de corta duración, a través de un sistema de registro y de obtención de un número de identificación para el alquiler de corta duración de una vivienda.

Hasta la aprobación de un régimen sancionador para las infracciones que se regulen derivadas de la norma, resultarán de aplicación los regímenes sancionadores y obligaciones contemplados en la normativa estatal, autonómica y local.

La alcaldesa, Inés Rey, y la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, en A Coruña el pasado octubre.

La alcaldesa, Inés Rey, y la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, en A Coruña el pasado octubre.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, se comprometió en mayo de este año a ponerlo en marcha antes de que terminase el año 2025, un año antes de lo que manda el reglamento europeo. Rodríguez visitó A Coruña el pasado mes de octubre y recalcó la necesidad de que las administraciones construyan vivienda pública.

El registro gallego, Aviturga y el Concello

Aviturga recuerda que Galicia, desde 2017, "cuenta con un registro público de las viviendas que están autorizadas a funcionar" como VUT o como otro tipo de alojamiento turístico. "No vemos en qué puede hacer variar las cosas ahora el registro estatal. Más bien vemos que es una disputa entre administraciones por regular y controlar más que por hacer efectivo el derecho de los propietarios a comercializar sus viviendas si están legalmente registradas", opina Rafael Serrano respecto a la "duplicidad" de registros.

El REAT se puede consultar en la página web de Turismo de Galicia de la Xunta, que ofrece un directorio del conjunto de los alojamientos turísticos a través de la información procedente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia (REAT) con series mensuales de todo tipo de establecimientos por municipio y con su correspondiente dirección.

"Vemos una disputa entre administraciones por regular y controlar más que por hacer efectivo el derecho de los propietarios a comercializar sus viviendas legalmente registradas"

Rafael Serrano, portavoz de Aviturga

El Concello de A Coruña "trabaja en la regulación de las viviendas turísticas", recuerdan fuentes municipales. El área de Urbanismo entregó en noviembre pasado a los propietarios de VUT y a distintos sectores inmobiliarios (arquitectos, promotores, agencias, hoteles) un borrador de la ordenanza con la que pretende regular, apoyado en la normativa del Plan General de Ordenación Municipal (PGOM), las viviendas de uso turístico de la ciudad (alrededor de 1.300 en la actualidad y repartidas por todos los barrios), que no satisface a los propietarios.

El texto, que considera las VUT como un negocio y prevé limitarlas a plantas bajas, primeras plantas y edificios específicos en determinadas zonas, deberá ser abordado con los grupos de la oposición y tendrá que pasar por el Pleno para ser aprobado.