La coloquialmente conocida como declaración de la Renta o IRPF que se presentará a partir del 11 de abril y hasta el 30 de junio 2024, se prepara en base al año cerrado a 31 de diciembre de 2023.
Por lo tanto, aunque el margen de actuación es en ocasiones limitado, aún estamos a tiempo de revisar ciertas cuestiones que podrían aliviar la factura fiscal.
A continuación, pasamos a explicar qué acciones podrían llevarse a cabo.
Planes de pensiones
La cantidad aportada a un plan de pensiones permite reducir la base imponible de IRPF en un máximo de 1.500 euros anuales o hasta un máximo del 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas del ejercicio. Este límite podría incrementarse hasta 8.500 euros si se trata de planes de empresa y bajo ciertos requisitos.
El ahorro fiscal dependerá de la base imponible total, a modo de ejemplo, un trabajador con un salario de 30.000 euros (sin otras fuentes de ingreso) podría llegar a reducir su declaración de la Renta en 400 euros con una aportación de 1.500 euros.
Por otra parte, para quien se haya jubilado recientemente y tuviese planes de pensiones con anterioridad a 2007, conviene recordar que dispone de un plazo de 2 años para rescatarlo (en forma de capital y no de renta) para aprovecharse de una reducción del 40% sobre las primas satisfechas antes de ese año 2007. Por ello, aquellos que se jubilaron en 2021 tendrán únicamente hasta el 31 de diciembre de este año para aprovecharse de este incentivo.
Amortización de la hipoteca
Al igual que en los años anteriores, aquellos contribuyentes que compraron su vivienda habitual antes de 2013 pueden deducirse el 15% de la cantidad amortizada de la hipoteca en el año, con un límite máximo de 9.040 euros.
Por ello, interesa amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite sin superarlo para así aprovechar íntegramente la deducción, lo que en la práctica puede suponer un ahorro máximo de 1.356 euros.
Coche eléctrico
Esta es una de las principales novedades de este año 2023. En caso de que se hubiese adquirido un vehículo eléctrico para uso particular (no afecto a actividades económicas) se tiene derecho a una deducción del 15% del importe satisfecho hasta un máximo de 20.000 euros.
Para aplicar la deducción resulta necesario que el vehículo se hubiese adquirido desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024. En consecuencia, para que la deducción tenga efectos en la declaración de la Renta de 2023, se deberá adquirir este vehículo antes del 31 de diciembre de 2023.
Alquiler de vivienda
Si se es propietario de una vivienda que se pretende destinar al alquiler de manera habitual, conviene revisar si ésta se encuentra en una zona tensionada o no a efectos de tratar de firmar el contrato antes o después del 31 de diciembre de 2023.
La calificación de una zona como tensionada o no vendrá dada por la comunidad autónoma en cuestión, por lo que, en el caso gallego, habrá que revisar qué zonas acaba definiendo la Xunta como tal.
Con carácter general, si se formaliza un contrato de alquiler de vivienda antes del 1 de enero de 2024, se podrá aplicar una reducción del 60% a las rentas derivadas del arrendamiento. No obstante, si el contrato se formaliza a partir del 1 de enero de 2024, la reducción será del 50%.
Sin embargo, si se trata de una zona tensionada, podría compensar esperar a 2024 si se tuviese acceso a las siguientes reducciones (en lugar de aplicar la del 60% si se firma antes del 1 de enero de 2024):
- La reducción será del 90% si se disminuye en al menos un 5% la renta del contrato anterior.
- La reducción será del 70% si se alquila por primera vez la vivienda y el inquilino tiene entre 18 y 35 años.
- La reducción será del 60% si la vivienda se hubiese rehabilitado en los dos años antes.
A modo de ejemplo, si la ciudad de A Coruña fuese declarada zona tensionada y se pretenda alquilar por primera vez una vivienda y los inquilinos son jóvenes de hasta 35 años, compensaría esperar a 2024 para tener una reducción del 70%. Si la vivienda a alquilar ya estuviese en el mercado y/o los inquilinos tuviesen más de 35 años, convendría formalizar el contrato antes del 31 de diciembre para aprovecharse de una reducción del 60% (en lugar del 50%).
Eficiencia energética de la vivienda
Los contribuyentes que pretendan realizar cambios en su vivienda habitual destinados a una mejor eficiencia energética deberán darse prisa para poder aprovecharse de estos incentivos en 2023.
En particular, son varias las deducciones de este tipo. Si la obra reduce la calefacción y refrigeración en al menos un 7%, se podrá aplicar una deducción del 20% de la obra (sobre un máximo de 5.000 euros).
Asimismo, si la obra reduce el consumo de energía no renovable en un 30%, se podrá aplicar una deducción del 40% de la obra (sobre un máximo de 7.500 euros).
Finalmente, si la obra se realiza sobre un edificio completo de uso residencial y reduce el consumo de energía no renovable en un 50% o la calificación energética pasa a ser A o B, se podrá aplicar una deducción del 60% de la obra a todos los propietarios de la comunidad (sobre un máximo de 5.000 euros).
Venta de vivienda habitual por mayores de 65 años
La ganancia patrimonial obtenida en la venta de la vivienda habitual está exenta para los mayores de 65 años. Para poder aplicar esta exención se requiere que la vivienda vendida hubiese sido propiedad y residencia habitual del transmitente durante los 3 años anteriores a la venta.
Por ello, si se está próximo a cumplir 65 años y se pretende una venta de estas características, conviendría posponer esa venta hasta ese momento.