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Tribuna Abierta

MiCA: la nueva regulación de los criptoactivos

Estos días se celebra en A Coruña la segunda edición de BLOCKGALICIA, el Congreso Internacional de Blockchain de Galicia, donde tendremos ocasión de hablar -entre otras muchas cuestiones- de la regulación de los criptoactivos

14 septiembre, 2024 12:48

Los criptoactivos son representaciones digitales de un valor o de un derecho que pueden transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registros distribuidos o una tecnología similar. La tecnología de registros distribuidos más popular es la conocida como cadena de bloques o blockchain. Esta tecnología de registros distribuidos es una especie de libro de registro, custodiado por muchas personas diferentes, que permite la anotación de movimientos de forma inmutable; una especie de enorme libro contable gestionado desde distintos ordenadores o nodos que se ponen de acuerdo para validar cada anotación.

Las tecnologías de registro distribuido permiten la generación de criptoactivos, que pueden ser de múltiples tipos: pueden estar referenciados a una moneda oficial (stable coins o criptomonedas estables), a otro tipo de valores o activos tangibles que existen en el mundo no digital (security tokens), o carecer de referencia no digital de modo que su valor se determine únicamente por la utilidad que ofrecen dentro de la red o plataforma blockchain para la cual fueron creados (utility tokens).

Todos estos criptoactivos, así como la prestación de servicios relacionados con los mismos, se regulan en Reglamento europeo relativo a los mercados de criptoactivos, conocido como "MiCA" por sus siglas en inglés. El Reglamento no aplicará a otros criptoactivos que sean únicos y no fungibles como las colecciones y el arte digital (NFTs).

Los Reglamentos europeos (a diferencia de las Directivas) son de aplicación directa en todos los estados de la UE y no necesitan que cada estado los transponga en una ley propia, si bien los diferentes países cuentan con un periodo de transición para aplicarlos. España ha optado por acortar seis meses el periodo de transición de MiCA, que se aplicará aquí antes que otros estados miembros. Parte de la regulación (los Títulos III y IV) es aplicable en España desde el pasado 30 de junio, mientras que la totalidad de la norma será aplicable el próximo 30 de diciembre de 2024.

MiCA es una regulación pionera de los criptoactivos, con la que la UE pretende aportar seguridad al mercado para normalizar que se opere con ellos, y otorgar ciertas garantías a los inversores. Se trata de una norma que pretende evitar grandes fiascos como el de FTX y hacer de la UE un entorno seguro para operar con criptoactivos, de modo que se puedan normalizar como un activo más en todos los ámbitos de la economía.

Así, la norma establece una regulación muy estricta tanto para los emisores de criptoactivos como para los prestadores de servicios relacionados con ellos, que les obliga -según el tipo de criptoactivo- a contar con autorización o licencia para operar. Además se les imponen estrictas condiciones de cumplimiento normativo que buscan garantizar la información a los inversores y que conllevan una obligada profesionalización del sector. En este sentido, MiCA impone un estándar de cumplimiento que apunta a convertirse en una referencia a nivel mundial: de modo parecido a lo que ya ocurrió con el Reglamento General de Protección de Datos en materia de privacidad, con MiCA la Unión Europea establece unos requisitos que pretenden aumentar la competitividad de los operadores de la UE, mientras por otro aspiran a marcar el paso a otros mercados y convertirse en la norma de referencia que previsiblemente se imponga en el mercado occidental global.

El nuevo marco regulatorio obligará a los prestadores de servicios relacionados con criptoactivos a destinar recursos importantes a cumplimiento normativo, ya sea contratando apoyo legal externo o contratando a personal en plantilla para crear departamentos internos de cumplimiento normativo. Se trata de un coste que muchas startups del sector no tenían hasta ahora, y que previsiblemente les obligará a buscar inversión que les ayude a poder afrontarlo. En cambio, los departamentos internos de cumplimiento normativo son un recurso con el que ya cuentan las entidades financieras y grandes empresas, lo que les otorga cierta ventaja para adaptarse a MiCA con respecto de prestadores de servicios de menor tamaño. Es previsible que esta diferencia sea determinante para la desaparición de algunos prestadores de servicio - que no tengan recursos o no puedan acceder a financiación para afrontar esta adaptación a MiCA-, y acabe suponiendo la concentración de prestadores de servicios relacionados con los criptoactivos.

Para minorar el impacto de esta concentración de actores previsible, y que no se traduzca en un abuso de posición, la norma prevé la obligación de informar en cuanto se superen los 15 millones de usuarios (umbral a partir del que se considera a un proveedor de servicios de criptoactivos significativo) y además tiene disposiciones específicas para evitar el abuso de mercado, como la prohibición de operaciones con información privilegiada o la prohibición de manipulación de mercado.

Todo ello con el ánimo de proteger a los inversores, especialmente a los minoristas. Para ellos se establecen requisitos de información en la línea de la normativa relativa a los servicios financieros. Además se les reconoce un derecho de desistimiento por el que podrán arrepentirse durante los 14 días siguientes a la compra de un criptoactivo sin alegar razón alguna y sin incurrir en comisiones ni costes, y se les deberá reembolsar el importe invertido en el plazo máximo de otros 14 días desde que notificasen este desistimiento (art. 13).

Se trata en definitiva de un nuevo marco legal que impone nuevas obligaciones a las empresas del sector y ofrece garantías a los inversores, y que aunque se traduce en una carga considerable para los operadores puede suponer también una oportunidad para éstos de posicionarse como referentes en otros mercados, y ofrece un marco de seguridad que esperamos que permita el desarrollo de la criptoeconomía en todos los sectores.