Imagen de archivo de un juicio

Imagen de archivo de un juicio Shutterstock

Santiago

Reducen la multa a un hombre que intentaba desnudar a una mujer mientras dormía en Santiago

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rebajado en un grado el delito, dejándolo como tentativa de abuso sexual

11 noviembre, 2022 16:36

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha reducido a 2.100 euros la sanción de 3.150 euros que impuso la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña a un hombre que “le puso las manos a la altura de la cintura para bajarle el pantalón corto de pijama que vestía” a una mujer que le había dejado dormir en su vivienda.

La Sala de lo Civil y Penal, que ha juzgado el recurso, se muestra en desacuerdo con la sentencia de primera instancia porque considera que el relato de los hechos probados “resulta insuficiente para apreciar un delito consumado” de abuso sexual, y por tanto que es “más acorde con el mismo su catalogación como tentativa”.

Los hechos se remontan a marzo de 2019, cuando la mujer estaba durmiendo sola en su habitación, cuando el acusado, que estaba en otra habitación después de que ella le hubiese permitido quedarse, entró en su espacio. El hombre entonces aprovechando que dormía le puso las manos en la cintura para bajarle el pantalón del pijama. La compañera de piso de la chica entró entonces en la habitación para saludarla y, al ver lo que ocurría, gritó, despertando a la afectada. El hombre ya había sido previamente condenado por un delito de agresión sexual.

Cuando la mujer despertó, echó a gritos al hombre del piso y entre el altercado lo golpeó en la cara con un bastón, rompiéndole la nariz. El altercado siguió dos días después cuando la pareja sentimental de la víctima encontró al hombre y le dio una paliza.

Ante los hechos presentados el tribunal argumentó que no se trataba de un delito de agresión sexual ya que el acusado tan solo le había tocado la cintura y sugieren que otra alternativa haya sido que el acusado intentara simplemente despertarla. Sin embargo, la Sala indicó que "no tiene ninguna explicación, que no sea la que establece la sentencia, de la presencia en la cama de la víctima, que se encontraba durmiendo bajo el efecto de pastillas", y que "el contexto, la posición y el tipo de acción estaba claramente preordenado al ataque a la libertad sexual". Por todo ello finalmente han decidido rebajar en un grado la pena, lo que resulta en un condena de 14 meses de multa.

Con todo, el TSXG ha confirmado las condenas por agresiones tanto a la víctima como a su ex pareja quien deberán pagar ambos una multa de 900 euros.