Rechazan la revisión de pena a un condenado por abuso sexual en Santiago de Compostela
La ley del solo sí es sí no cambia las penas mínimas, por lo que los magistrados de la Audiencia Provincial consideraron que "no procede" realizar la revisión de la sentencia
2 enero, 2023 13:30La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con su sede en Santiago de Compostela, ha rechazado revisar la pena de prisión de tres años a un condenado por abuso sexual. El acusado había sido juzgado en diciembre de 2020 por un delito de abuso sexual, con atenuantes por drogadicción y reparación de daño.
Los magistrados han tomado la decisión en luz de la nueva ley de sólo sí es sí y el cambio en el Código Penal. Esta modificación ampliaba la horquilla de la penas por abuso sexual, que pasaban de 4 a 12 años, en lugar de 4 a 10, las existentes cuando había sido juzgado el acusado.
Los hechos sucedieron en septiembre de 2017 cuando el condenado entró en la habitación de la víctima y "le bajó los pantalones y la ropa interior introduciéndole en la vagina una parte de su cuerpo o un objeto no identificado por la perjudicada". La sentencia condenatoria resalta que el acusado "actuaba bajo la influencia de drogas tóxicas y estupefacientes que mermaban sus capacidades volitivas e intelectivas."
Además de los tres años de cárcel impuesto por el magistrado del juzgado de Santiago en 2020, también se le obligó a pagar 3.000 euros en concepto de reparación del daño.
En el auto, el tribunal explicó que el delito de abuso sexual “se encuentra sancionado en el artículo 179 y prevé una pena de prisión de cuatro a 12 años, por lo que la modificación efectuada se produce incrementando el límite máximo de la pena a imponer”. Sin embargo, la nueva ley no ha cambiado el mínimo por que la Sala considera que no procede realizar la revisión de la sentencia.
Contra el auto se puede presentar recurso.