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Santiago

Condenado el exgerente de la Asociación de Empresarios de Restauración y Hospedaje de Santiago

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 21 meses de prisión y una multa de cinco meses con una cuota diaria de 8 euros al gerente de la Asociación Provincial de Empresarios de Restauración y Hospedaje de Santiago de Compostela, así como al tesorero de la Junta, por un delito de estafa continuada

22 diciembre, 2023 17:39

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al que en el momento de los hechos era director gerente de la Asociación Provincial de Empresarios de Restauración y Hospedaje de Santiago de Compostela, así como al tesorero de la Junta, como autores de un delito de estafa continuada, en concurso con un delito continuado de falsedad documental, a una pena de 21 meses de prisión y una multa de cinco meses con una cuota diaria de 8 euros.

Además, ha condenado a otras dos personas como autoras de un delito de falsificación documental, concurriendo las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y confesión, a las penas de dos meses de prisión, mientras que la Asociación Provincial de Empresarios de Restauración y Hospedaje de Santiago deberán afrontar el pago de una indemnización a la Diputación de A Coruña de 54.408 euros y a la Xunta de 19.416 euros

En la sentencia, el tribunal considera probado que el director gerente y el presidente de la Junta en el momento de los hechos, "puestos de común acuerdo y actuando en nombre de la asociación, falsearon los requisitos exigidos para la percepción de las subvenciones y las obtuvieron, para lo cual aportaron facturas que no obedecían a una prestación real de servicios".

Además, según explica en el fallo, falsearon las cuentas de la Asociación, al anotar cargos con la fecha y por el importe que figuraban en las facturas creadas para obtener la subvención y anotar otros créditos ficticios posteriores por los mismos importes a favor de la Asociación, frente a las distintas empresas que emitían las facturas.

En este sentido, los magistrados indican que "no ha resultado acreditado que el presidente de la junta, como tesorero de la misma, con ánimo de enriquecimiento falsease los requisitos exigidos, aportando facturas que no obedecían a una prestación real de servicios obteniendo diversas subvenciones de la Xunta de Galicia y de la Diputación Provincial de A Coruña". Tampoco ha resultado acreditado, según la Sala, que con esa misma finalidad falseasen las cuentas anuales de la asociación