La Sala de lo Civil y lo Penal del TSXG ha confirmado el fallo emitido por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, en el que absolvió a dos personas acusadas de estafa, administración desleal y falsedad documental argumentando que no ha quedado acreditado que engañasen al socio de uno de ellos en un gimnasio para quedarse con dinero y que éste aportase más a la sociedad, si no que lo ocurrido se ciñe a "discrepancias" entre ellos.
El principal procesado estaba acusado de haber engañado a su socio en un gimnasio para que aportase a la sociedad más de 90.000 euros, así como de haberse quedado con dinero de los usuarios y de haber configurado, en colaboración con el otro procesado, facturas falsas para justificar los gastos en los que, supuestamente, había incurrido.
La sala, sin embargo, consideró en su momento que la prueba practicada en el juicio "es reveladora, precisamente, de que en realidad había un problema entre los socios", no habiendo quedado acreditado que el principal acusado engañase a su socio.
Entre otras cuestiones, el tribunal apunta que la víctima no es alguien "falto de experiencia" en los negocios y que dio el visto bueno a la idea de negocio del procesado, por lo que "no resulta creíble que no examinase la obra" en la que él dijo haber invertido ya 70.000 euros.
Tampoco dio veracidad el tribunal a que el procesado se hubiese quedado con dinero de los socios ni a que se hubiese cambiado la cerradura del gimnasio, dado que "no tenía cerradura", sino un mando con código que el denunciante nunca tuvo en su poder.
El denunciante recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), pero el alto tribunal gallego ha desestimado esta apelación y ha confirmado el fallo.