La Manada: los jueces consideran que hubo "coacción o presión" pero no "violencia o intimidación"
La sentencia explica cómo en ninguno de los vídeos se advierte la participación de la joven en los actos sexuales. Al contrario, se detalla que "la trataron como un objeto".
26 abril, 2018 17:18“La denunciante , sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad , determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera , manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados”. Este párrafo no lo leyó el magistrado Francisco Cobos, que fue breve en su intervención. Se conoció horas después. Eran las 13:15 de la tarde cuando el juez comenzó a leer el fallo, la sentencia para absolver de violación a La Manada.
Hubo largos minutos de silencio, en los que los periodistas pudieron observar todo el panorama desde la bancada: la fiscal, Elena Sarasate, en tensión. Agustín Martínez Becerra, justo en el extremo opuesto de la sala, aguantando la respiración. El magistrado, solo en el estrado, esperaba sentado a la entrada de los periodistas mientras lo observaba todo desde sus lentes y su toga negra. Fuera, una multitud que se podía ver desde el interior de las cristaleras del Palacio de Justicia de Pamplona esperaba el veredicto. A los pocos minutos de conocerse la decisión, casi en cuanto pronunció la frase, desde dentro de la sala se escucharon los gritos de la calle. Las protestas. La rabia y la indignación se colaron en el interior de la sala y se quedaron de fondo durante los siguientes minutos, la voz en off de una marea humana reclamando justicia.
El del principio es solo un extracto de la sentencia con la que el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha absuelto del delito de violación a los cinco jóvenes sevillanos. Los miembros de ‘La Manada’ tan solo han sido condenado a 9 años de cárcel por el delito de abusos sexuales. Ninguno de los tres jueces ha visto abusos. Uno de ellos emitió un voto particular que pedía la absolución de los cinco.
Los tres miembros del tribunal, en un documento de 371 páginas, tratan de explicar por qué sí ven abusos sexuales y no una agresión sexual sobre la víctima. El fallo del juez Francisco Cobos, mientras era leído en la sala 102 del palacio de Justicia de Pamplona, era criticada directamente desde los alrededores del edificio con gritos de cientos de manifestantes. Gritos que llegaban a la sala. Gritos de “no es agresión, es violación”.
Durante todo el proceso judicial, ambas partes han utilizado los vídeos en sus respectivas argumentaciones. Se trata de un caso inusual: en la mayoría de las denuncias de este tipo no suelen existir como pruebas esta clase de documentos. Esto ha añadido una dificultad mayor al proceso penal para los magistrados: discernir, describir y explicar los hechos que aparecíann en esas imágenes, en cada uno de los siete fragmentos que dos de los cinco jóvenes ahora condenados por abusos sexuales grabaron sin el consentimiento de la víctima.
“Como un mero objeto”
La defensa de los cinco sevillanos, los utilizó para argumentar que sí había participación de la víctima. Los abogados de la joven, para que quedase reflejado que la chica de 18 años fue utilizada, avasallada, vejada y manipulada por cada uno de los cinco abusadores de ‘La Manada’. Finalmente, en la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, los jueces no aprecian en ninguno de los vídeos que haya participación de la joven.
En realidad, ven justamente lo contrario. En el relato que hacen de los hechos que aparecen en esas imágenes, describen y explican cómo la joven está siendo manoseada, utilizada y sometida. Veamos un fragmento de lo que describe el tribunal. Se refiere al primero de los vídeos grabados con el teléfono del guardia civil, Antonio Manuel Guerrero.
- “La denunciante durante todo el desarrollo de la secuencia muestra un rictus ausente, mantiene durante todo el tiempo los ojos cerrados, no realiza ningún gesto ni muestra ninguna actitud que impresione de toma de iniciativa respecto de actos de índole sexual, ni de interacción con los realizados por los procesados ; apreciamos que los soporta en un estado que nos sugiere , ausencia y embotamiento de sus facultades superiores”.
Cada uno de los fragmentos que fueron puestos a disposición de la justicia como pruebas para el caso son valorados para el tribunal. En todos ellos advierten este tipo de cosas. “Este video ilustra en nuestra consideración bien a las claras la realidad de la situación , muestra de modo palmario que la denunciante está sometida a la voluntad de los procesados , quienes la utilizan como un mero objeto, para satisfacer sobre ella sus instintos sexuales”.
Los vídeos han resultado cruciales en todo momento del proceso. A lo largo de los dos últimos años, casi el tiempo que ha durado el proceso, los fragmentos de apenas un minuto y medio de un total de veinte (desde que entraron en el portal hasta que salieron) han resultado esenciales para la construcción del relato de la acusación. Así que los magistrados se han tomado un buen espacio en la sentencia para describir lo que en ellos se ve, para valorarlos y para explicarlos.
La sentencia explica cómo, en algunos de estos vídeos, la joven está “agazapada , acorralada contra la pared por dos de los procesados , expresó gritos que reflejan dolor y no apreciamos ninguna actividad de ella ; estas imágenes evidencian que la denunciante estaba atemorizada y sometida de esta forma a la voluntad de los procesados”.
¿Agresión sexual?
Los magistrados, finamente, condenaron a los cinco por un delito de abuso sexual con la agravante de prevalimiento. En la propia sentencia, explican que no aprecian "que exista intimidación a los efectos de integrar el tipo de agresión sexual , como medio comisivo , que según se delimita en la constante doctrina".
Para explicar esto, el tribunal asegura que las prácticas sexuales "a las que se vio sometida la denunciante", son consecuencia de la situación de preeminencia de los cinco jóvenes sevillanos. "Abusaron de su superioridad así generada". Para ellos, no hubo violencia ni intimidación. Los cinco jóvenes de 'La Manada' obtuvieron el consentimiento “prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima”.
Un silencio sepulcral, de varios interminables minutos, que casi podía respirarse, precedió a la lectura de la sentencia por el juicio a ‘La Manada’. Luego cuatro palabras flotaron en el aire con la lectura del fallo: condena por abusos sexuales. Luego, la absolución por el delito de agresión sexual, violación. Después ya no hubo silencio. En la puerta se sucedieron las protestas. Centenares de manifestantes alzaron la voz hacia el edificio de la justicia de la ciudad, haciendo oír su voz ante el resultado final de la sentencia.
Los gritos de protesta siguen a esta hora de la tarde en las puertas de los juzgados de Pamplona.