El 2 de marzo de 2017, la prostituta colombiana Evelyn Rochel se atrincheraba en la habitación 113 del mayor prostíbulo de Madrid: la Sala Flowers. La empresa la quería echar por incumplir unas normas y ella se resistía a marcharse. El despido, además, tenía carácter de desahucio porque ella vivía en el burdel. Tras muchos problemas, Evelyn se acabó marchando de allí escoltada por la policía. Pero denunció a la empresa para que se reconociese su relación laboral. Aseguraba que estaba viviendo en un régimen de esclavitud. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le ha dado la razón.

El TSJ, en una sentencia histórica en la que le da la razón a David contra Goliat, ha reconocido la relación laboral entre Evelyn Rochel y la Sala Flowers. Algo inédito hasta la fecha en España. Y es que, dada la situación alegal en la que se encuentra el ejercicio de la prostitución en nuestro país, el vínculo entre una trabajadora sexual y el prostíbulo en cuestión no está definido. 

Se prohíbe, eso sí, el proxenetismo. Es decir, lucrarse con el dinero obtenido por otra persona que se prostituya. Es por eso que los clubes aseguran que las trabajadoras de sus locales son chicas de alterne. Es decir, chicas que hacen compañía a los hombres para que consuman más durante su estancia. La prostitución, dice el Supremo, es otra actividad distinta. 

La trampa de los tres supuestos

Para que haya relación laboral, tienen que darse (sobre el papel) tres supuestos: que haya una actividad, que se realice bajo unas directrices (horario, normas, etc) y que haya una retribución. Antes, las chicas de alterne percibían una comisión por cada copa que se tomaba el cliente con ellas. Pero los clubes dejaron de pagar esta comisión en 2007. Con ello eliminaban el factor "retribución" y la relación dejaba de ser laboral. 

Evelyn Rochel, no obstante, defendía que ella estaba sujeta a unas normas, a unos horarios y a una serie de instrucciones obligatorias que partían de los propietarios del club, lo que la convertía en una trabajadora del local. "Nos obligaban a trabajar un montón de horas con los tacones puestos que son incomodísimos, tenías que bajar cuando te dijesen..."

Evelyn muestra los incómodos zapatos de tacón que le obligaban a llevar 12 horas

La sentencia del TSJ le ha dado la razón. Considera probado que existió una relación laboral entre la prostituta indicando que "la ausencia de retribución no es obstáculo para la existencia de una relación laboral, constando en el hecho probado segundo que antes de 2007 si se abonaban comisiones, por lo que colige que existió una novación nula, contraria a la imposibilidad de la trabajadora de disponer o renunciar a derechos".

La magistrada del TSJ prosigue diciendo que "la actora desempeñaba para la demandada esa misma actividad de alterne que es a la que se dedica la discoteca en la que se desempeñaba por ella y por otras trabajadoras, siendo esencial la presencia de éstas para atraer a los clientes que sin duda acuden buscando su compañía, que es la que determina que consuman copas en dicha discoteca, y es el titular del negocio el que se lucra de ello, por lo que la ajenidad de su trabajo es evidente, así como su inserción en la organización empresarial, porque sus servicios se realizaban en el local del negocio, en el horario fijado por la empresa y sometida a sus instrucciones".

Esclavitud

La sentencia es especialmente dura con el club de alterne al mencionar la palabra esclavitud, la misma que empleó Evelyn con los medios cuando denunció su situación. Recoge la sentencia que aunque las chicas ya no cobren comisiones por las copas, "el trabajo ha seguido teniendo lugar en las mismas condiciones y la empresa se ha lucrado de él, habiendo por tanto la trabajadora cumplido con sus obligaciones y siendo acreedora del salario que se había de abonar, tal y como hacía inicialmente, y es que considerar que se trataba de un trabajo sin derecho a contraprestación, sería tanto como admitir la esclavitud".

El abogado laboralista de Evelyn, Juan Jiménez-Piernas, considera que esta sentencia es un hito porque "aúna tres pretensiones: que se declare la existencia de relación laboral en el alterne aún cuando se ejerza la prostitución en el mismo local; que se declare la existencia de esa relación laboral aún cuando falta una nota característica de la misma como es la retribución, y por último, impone la necesidad de encuadrar a estas chicas en un convenio colectivo. Nosotros proponemos el Hostelería y Hospedaje de la Comunidad de Madrid, en categoría de auxiliar de servicios".

El Flowers va a recurrir

La sentencia es recurrible ante el Supremo y eso es lo que van a hacer desde el Flowers. Su gabinete jurídico lo ha adelantado. "Estamos preparando el recurso para el Supremo. Pero además, hemos hecho un par de escritos duros contra la ponente. Emplea un término como esclavitud y no estamos en absoluto de acuerdo. Ya hubo una demanda penal por eso y se archivó. Las chicas ejercen allí la prostitución libremente, pueden salir cuando quieran, pueden entrar a la hora que decidan y en algunos casos cobran más de 13.000 euros netos al mes. Es una falta de respeto hacia la gente que de verdad está esclavizada", cuenta el abogado del Flowers.

Evelyn vivía en el club Flowers de Las Rozas

En lo que sí coincide con el abogado de Evelyn es en que "la situación de estas personas se tiene que regular. Tienen que permitirles darse de alta como autónomas, cotizar a la Seguridad Social... Lo contrario es un problema para todos. Para las chicas y para las empresas", concluye.

"No quiero dinero; exijo dignidad"

Mientras el prostíbulo prepara el recurso, Evelyn Rochel se muestra feliz por la sentencia. Ya dijo en su momento que no iba buscando dinero y así lo ha repetido. Asegura que si ha llegado hasta el final de este proceso es "por dignidad, por respeto hacia las mujeres y hacia mi profesión. Soy prostituta, no quiero andar con rodeos de otros nombres... Ni alternadora, ni nada. Prostituta. Trabajadora y persona. Por eso tengo mis derechos, los reivindico y los defiendo", explica, redundando en "la necesidad de equilibrar la relación que tenemos con los jefes, lo absurdo que es pagarle a tu jefe por trabajar, que te metan en la misma habitación a convivir con otra colega que al fin y al cabo es alguien que no conoces de nada, algunas veces hasta durmiendo en la misma cama".

Evelyn llevaba dos años y medio residiendo en el Club Flowers

La sentencia, si la confirma el Supremo, puede dar lugar a que la situación de miles de mujeres que trabajan como prostitutas en locales de alterne, cambie radicalmente. Al menos en el ámbito de la regulación laboral. Evelyn, aquella prostituta que se atrincheró en una habitación del burdel y que se la jugó para denunciar su situación, confía. Pero será el Supremo el que decida.