José Enrique Abuín Gey, alias 'El Chicle', acaba de ser condenado a cinco años y un mes de prisión por el intento de secuestro de una joven en Boiro el 25 de diciembre del año 2017. El tribunal lo considera lo considera autor de un delito de detención ilegal consumado y de un delito de agresión sexual en grado de tentativa.
Aquel suceso hizo que los acontecimientos se precipitaran y permitió detener una semana después, a finales de año, a este hombre como el principal sospechoso de la desaparición y asesinato de Diana Quer, en agosto de 2016. Horas después confesó el crimen y condujo a los agentes al lugar donde había escondido su cadáver.
'El Chicle' “buscó desde un principio y consiguió fue el privar a la denunciante de su libertad ambulatoria”. Tampoco tienen dudas los magistrados de que su intención era coger a la mujer, “meterla en el coche y trasladarla a algún lugar para satisfacer su ánimo libidinoso”.
Probado el intento de agresión sexual
La sentencia podría sentar un precedente en el caso de Diana Quer. Abuín trató de introducir por la fuerza, en torno a las diez de la noche del 25 de diciembre de 2017, a una joven de la localidad coruñesa de Boiro. No logró consumar su objetivo, ella logró zafarse cuando tenía medio cuerpo dentro del maletero. También lo consiguió gracias a la ayuda de dos jóvenes que pasaban por allí.
Aún y todo, el juez considera probado en la sentencia que la intención de 'El Chicle' era la de agredirla sexualmente. Su intención no era la de apoderarse de su dinero o el móvil, como él dijo y como quedó grabado en el audio que la chica llegó a grabar en el momento de los hechos: "Lo que pretendía era coger el teléfono de la víctima para que no pudiese pedir ayuda".
El ataque sorpresivo a una mujer joven, de noche, en una zona poco transitada y el intento reiterado de encerrarla en el maletero del vehículo, explica la sentencia "nos llevan a inferir, como única hipótesis verosímil, que trataba de trasladarla a un lugar más seguro para poder abusar sexualmente de ella".
En la autopsia de la joven madrileña asesinada cuando tenía 18 años no se pudo detectar signos de agresión sexual. Su cuerpo había pasado 500 días escondido dentro de un pozo de agua natural de la parroquia natal del asesino. Sin embargo, el juez que le ha imputado en ese caso determinó que será juzgado por asesinato, agresión sexual y detención ilegal. El juicio, previsiblemente, se celebrará a comienzos del otoño.
Sin embargo, esta sentencia podría servirle a la Fiscalía y a los abogados de la familia de Diana para probar que el modus operandi del asesino confeso de su hija no respondía a otro móvil que al de agredirla sexualmente en un lugar apartado. El idéntico proceder en ambos casos, y el hecho de que días antes del intento de secuestro en Boiro tratase de que otras jóvenes de la misma localidad se subieran a su vehículo podría ser suficiente para probar cuáles eran sus intenciones.
Además de un delito de detención ilegal en concurso medial con un delito de agresión sexual en grado de tentativa, los jueces le consideran culpable de un delito leve de lesiones. Le imponen, por tanto una multa de 600 euros.
El acusado también ha sido condenado a la prohibición de acercarse a menos de medio kilómetro de la víctima, así como a su domicilio, y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 10 años.
En cuanto a las indemnizaciones, deberá abonarle a la perjudicada 11.546 euros por incapacidad temporal y secuelas y al Sergas 1.120 euros más la cantidad que se determine en fase de ejecución de sentencia en concepto de gastos de asistencia psicológica que se presten a la afectada.