La Audiencia de Madrid ha acordado que la instrucción del supuesto suicidio asistido de María José Carrasco, enferma terminal que se quitó la vida con la ayuda de su marido, la continúe el Juzgado de Violencia sobre la Mujer que lo investiga, dado que aún faltan pruebas para concluir que no sea un caso de violencia machista.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la sala entiende que "en esta fase procesal no se dan las circunstancias para determinar fehacientemente si se trata de un acto de violencia contra una mujer en el ámbito de la pareja, como determina la Ley integral de Violencia sobre la Mujer".
Los magistrados argumentan que en el procedimiento aún faltan elementos probatorios pendientes de practicar que no permiten afirmar en que deba excluirse la competencia del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer.
Con esta resolución, que es firme y contra la que no cabe recurso, la sección 27 de la Audiencia de Madrid resuelve la cuestión de competencia que se originó después de que el Juzgado de instrucción número 25 de Madrid se inhibiera en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer y de que este rechazara asumir la investigación de los hechos, ocurridos el 3 de abril cuando Ángel Hernández supuestamente ayudó a su esposa a suicidarse ingiriendo una sustancia.
Cooperación y auxilio
Tanto el Juzgado de instrucción número 25 como la Fiscalía argumentaron que en ningún caso la muerte de María José era un crimen machista, sino un trato por parte de su marido de "cooperación y auxilio a un deseo expreso, manifiesto y patente" de su mujer.
Sin embargo, la Audiencia de Madrid, en un extenso auto de 16 páginas, sostiene que en el momento actual procesal los argumentos empleados por la jueza de violencia machista para no asumir el caso no se pueden compartir, pues faltan pruebas que permitan concluir que la muerte de María José no fue, como sostiene la magistrada, un caso de violencia machista.
Así, la sala asegura que en la documentación aportada no se ha incluido ni los instrumentos usados por el investigado en la supuesta colaboración al suicidio de su esposa, ni dato alguno sobre la fecha en la que se compró la sustancia.
Tampoco consta como remitido el "pen-drive" con las imágenes en las que Carrasco manifiesta su deseo de morir y el consentimiento expreso a ingerir una sustancia.
Por estas razones, la Audiencia Provincial concluye que "no puede más que aplicar" la ley que otorga la competencia a los juzgados de violencia machista para este tipo de casos, pues "no concurre en este momento procesal y de forma notoria" la causa de exclusión que defiende la magistrada de violencia machista para no continuar con el procedimiento.