La DGT ha avisado de los motivos por los que la Policía podrá inmovilizar tu vehículo.

La DGT ha avisado de los motivos por los que la Policía podrá inmovilizar tu vehículo. EFE

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Estas son las razones por la que la Policía podrá inmovilizar tu vehículo: la alerta de la DGT

Desde el 1 de enero, la Dirección General de Tráfico ha comenzado una campaña que examinará las condiciones en las que conducen los turismos. 

27 enero, 2020 12:57

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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha alertado de los motivos que podrían provocar la inmovilización de los vehículos que circulan por carretera. Las infracciones son variadas; desde conducir con faros o sistema de frenado, pasando por circular sin seguro, hasta tener la ITV negativa. Según recoge el artículo 84 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, los agentes pueden retener el vehículo si no se cuenta con la autorización administrativa necesaria para circular. 

Por tanto, si el coche no ha pasado la Inspección Técnica de Vehículos, la Policía puede proceder a la inmovilización del mismo con el objetivo de garantizar la seguridad del resto de los conductores. Esto sucederá en el caso de que haya resultado negativa o se haya perdido la vigencia. Como avisa la DGT, también habrá que tener el seguro y los papeles en regla. En el caso en el que alguno de los agentes se de cuenta que no se dispone de una póliza en vigor, podrán acceder a la inmovilización del mismo. Por tanto, se tendrá que garantizar la póliza y no conducir el vehículo hasta que no sea aceptada. 

Otra de las cuestiones por las que se podrá retener el vehículo será por superar los niveles de gases, humos y ruido permitidos. También, por conducir sin un sistema de retención infantil obligatorio, así como manipular dispositivos de control. Asimismo, si la Policía descubre que se han modificado el tacógrafo o el limitador de velocidad o se ha incumplido los tiempos de conducción, podrán inmovilizar el vehículo hasta nuevo aviso. 

Los nuevos radares

Por tanto, como apunta la Dirección General de Tráfico, la Policía podrá retener el turismo cuando presente unas anomalías que puedan constituir un riesgo especialmente grave para los demás. Esto incluye desde circular sin faros o sistema de frenado hasta hacerlo sin golpes visiblemente graves o con la ITV negativa. Por último, la DGT ha avisado que cuando exista una ocupación excesiva, los agentes podrán inmovilizar, también, el vehículo. Es decir, si en un turismo habilitado para cinco personas viajan ocho, podrán retener el vehículo.

Uno de los 30 lectores de matrículas dispuestos por la DGT para esta campaña de control de ITV.

Uno de los 30 lectores de matrículas dispuestos por la DGT para esta campaña de control de ITV.

Por ello, habrá que prestar mucha atención a todas estas indicaciones que ha recordado la DGT. Desde el pasado 1 de enero han comenzado una campaña exhaustiva para controlar las condiciones en las que circulan todos los vehículos por las carreteras españolas. 

Asimismo, la Dirección General de Tráfico ha instalado nuevos radares que trabajarán para dilucidar si los automóviles han pasado la ITV. Para ello, se han instalado 30 lectores, colocados por las carreteras españolas de todas las Comunidades Autonómas, para vigilar todas las matrículas del parque móvil de España. Con ello, la DGT pretende reducir los accidentes de tráfico, ya que, según sus estudios, el riesgo de estos aumenta si los neumáticos, el alumbrado o el parabrisas, entre otros, están en mal estado. 

El funcionamientos de los lectores es básico: su lente capta la imagen de la matrículas de todos los vehículos del parque móvil que pasen donde está dispuesto. Rápidamente, procesa el estado de la ITV del vehículo y, también, si el permiso de circulación del coche está en regla.  Previamente, estos lectores han sido empleados por Tráfico para analizar las distanciaras recorridas de los coches o los números de desplazamientos durante un puente, por ejemplo.