Cuidado, esta es la multa que te pondrá la DGT sólo por llevar el móvil en el interior del coche
Una prueba fotográfica del conductor portando un télefono bastará para hacer efectiva la sanción, además de la consiguiente retirada de seis puntos.
14 noviembre, 2020 14:12Noticias relacionadas
Una de las reformas más llamativas que llevará a cabo el próximo año la Dirección General de Tráfico es la que elevará a seis la retirada de puntos del carné por utilizar el teléfono móvil. Ahora bien, la DGT avisa, y podrá multarte y retirarte 6 puntos del carné aunque no estés utilizando tu teléfono móvil.
Hasta ahora, tanto el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, como el artículo 76 y el anexo II - referente a las infracciones que llevan aparejada pérdida de puntos - del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, establecían el uso del teléfono móvil como infracción, y sus correspondientes sanciones, con expresiones como "el uso por el conductor con el vehículo en movimiento" y "conducir utilizando" y "utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil", según pública Diario Motor.
Actualmente, la ley reconoce como sancionable el uso del teléfono móvil, y eso abre la puerta a diversas interpretaciones y que también prosperen posibles recursos.
Todo depende de cómo sea interpretado por el conductor, por el agente que sea testigo de la infracción, o el sistema automático que registre una prueba visual. Por otro lado, la apreciación sobre el uso del dispositivo también podría abrir la puerta a recursos legales.
El móvil con la mano
La reforma todavía no se ha hecho efectiva, ni tampoco se ha aprobado. Para hacerse efectiva, aún ha de ser aprobado el anteproyecto de ley, que ha de pasar los trámites pertinentes en el Congreso de los Diputados. Por lo que se calculá que las medidas entrarán en vigor el próximo año.
No obstante, el Consejo de Ministros del pasado martes fue bastante claro al respecto y se entiende que con la reforma prevista por la DGT no solo se elevará de 3 a 6 puntos la sanción por utilizar el teléfono móvil, sino que el mero hecho de sujetarlo con la mano ya será sancionable.
La nueva norma establecerá que "conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce suponga la detracción de 6 puntos del carné".
La mayoría de las sanciones serán efectivas gracias a los medios automatizados, como las cámaras que detectan a conductores utilizando su teléfono móvil y sin cinturón de seguridad. Ahora bastará con una prueba fotográfica del conductor portando un teléfono móvil para hacer efectiva la sanción.
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