La revolución normativa de la Dirección General de Tráfico va a cambiar la manera de circular de diversos colectivos. Ahora, por ejemplo, los automóviles deberán circular dentro de las ciudades españolas —en la mayoría de casos— a 30 km/h y no 50; los patinetes eléctricos deberán llevar obligatoriamente certificado de circulación o los detectores de radares quedan totalmente vetados. Tráfico, sin embargo, harto del "fraude" en sus exámenes, se ha lanzado a la piscina y ahora también podrá sancionar a los futuros conductores si hacen trampas.
La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, anunciada recientemente por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, incluirá una nueva infracción "muy grave": "cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados", explican fuentes de la DGT. Es decir, Tráfico no sólo podrá sancionar económicamente a los conductores que cometan infracciones en la vía, sino también a los aspirantes que quieren sacarse cualquiera de sus permisos de conducir.
Concretamente, la multa será de 500 euros con penalización de seis meses sin poder presentarse a ninguno de los exámenes de la DGT —ni teóricos, ni prácticos—. Así, Tráfico pretende eliminar cualquier posibilidad de uso de pinganillos u otros mecanismos que permitan al examinado hacer trampas de cara a la prueba teórica. Y es que, en muchos casos, la sofisticada tecnología al respecto hace que un aspirante pueda usar aparatos muy discretos a través de los cuales alguien puede chivarles las respuestas del test.
Pese a ello, la DGT no sólo ha modificado su manera de tratar las conductas fraudulentas en sus exámenes, sino que también ha cambiado, en algunos casos, el público que puede presentarse a ellos. Por ejemplo, ahora los jóvenes de 18 años ya podrán presentarse para el permiso de conducción tipo C. Es decir, el que faculta a los conductores en España para conducir camiones.
Camiones y buses con 18 años
Pero la DGT, respecto a esto, también se ha guardado las espaldas. Si bien es cierto que ha bajado la edad mínima, ya que antes estaba en 21 años. No es menos cierto que exigirá al futuro conductor de camiones de más de 18 años un Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración para poder acceder al permiso C.
Lo mismo ocurrirá con el permiso D, habilitante para conducir autocares. "Se reduce también la edad mínima exigible para conducir autocares a 18 años, pero sólo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Sólo será a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas cuando podrán llevar pasajeros", explica la propia DGT.
De hecho, según esgrime Tráfico, "ambas modificaciones dan respuesta a la adecuación de la edad para la obtención del permiso de conducir con la edad establecida a la que se puede realizar el CAP". Asimismo, es una petición realizada por el sector de transportes por carretera debido a la escasez de conductores profesionales y abre la posibilidad a los jóvenes de acceder a este mercado laboral.
De hecho, el nuevo reglamento también amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión. "Es una medida que favorece el uso de combustibles alternativos no contaminantes", explica Tráfico.
Otras sanciones nuevas
Aún así, el nuevo paquete de medidas en materia de Tráfico trae también sanciones más duras en varios ámbitos. En el de la velocidad, por ejemplo, "llevar en el coche" dispositivos de detección de radares se considerará una "infracción grave" que se sancionará con 200 euros y la detracción de tres puntos de carné, aunque no se use. "Es difícil de entender que una persona pueda tener este aparato en el coche y que nunca lo utilice, por ello, sólo llevarlo puede ser motivo de sanción", explicaba Grande-Marlaska.
También, otra medida que tiene que ver con la velocidad es la supresión de poder rebasar en 20 kilómetros por hora el límite para poder adelantar a otros vehículos en carreteras convencionales. Esto ya se "había eliminado en todos los países de la Unión Europa y España era el único país que lo permitía". Esto se traduce en que si usted está circulando tras un vehículo que viaja a 90 kilómetros por hora no podrá alcanzar los 110 para adelantarlo si están en una vía secundaria. De lo contrario, puede ser sancionado.
Interior también endurecerá el uso del móvil en el coche. Ahora, la sanción sube de tres a seis puntos de carné si le cazan sujetando el móvil y podrá perder hasta cuatro puntos en el permiso si cualquier usuario del vehículo no lleva el cinturón abrochado y perfectamente ajustado.
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