Hasta la fecha el uso del teléfono móvil, así como de otros dispositivos que implican que el conductor deba apartar la mirada de la carretera, estaba sancionado siempre y cuando un agente de la autoridad o cualquier dispositivo tecnológico de Tráfico advirtiera exactamente que se estaba utilizando.
A partir de este año la norma ya no es tan laxa. Se sancionará siempre que un dispositivo se tenga en la mano, se esté usando concretamente en ese instante o no. Llevar el móvil en la mano ahora se multará, antes, por ejemplo, sólo se sancionaba su uso mientras se conducía. Y lo mismo ocurrirá con los navegadores o auriculares que el conductor utilice en el interior del vehículo.
Así lo ha avisado la Dirección General de Tráfico (DGT). El uso indebido de estos dispositivos está catalogado como infracción grave y directamente se impondrá una sanción de 200 euros y se retirarán 3 puntos en el carné de conducir, tal y como está recogida en la Ley de Seguridad Vial.
La DGT ya ha apercibido, a través de sus redes sociales, que el teléfono móvil, por ejemplo, sólo se podrá utilizar, dentro del coche, cuando se esté haciendo una parada segura, en los atascos y semáforos en rojo también se multará por utilizar el teléfono móvil.
La solución para no ser sancionado y al mismo tiempo tener estos dispositivos en el coche, según declaró el director de la DGT, Pere Navarro, es que siempre se utilicen en un soporte homologado y no se manipulen durante la conducción. Y, además, aconseja que si se necesita emplearlo, el conductor debe detenerse en una zona segura.