El inesperado despiste en la fecha de la ITV que te puede costar entre 200 y 500 euros de multa
La orden emitida por Sanidad para prorrogar las inspecciones que caducaron en el primer estado de alarma y un auto del Tribunal Supremo han creado confusiones.
14 abril, 2021 12:22Noticias relacionadas
El confinamiento al que se sometió España el pasado 2020 aún marca la vida de los ciudadanos. Aquello provocó el aplazamiento de muchos trámites, de los que algunos aún están en una especie de limbo. Fue lo que ocurrió, por ejemplo, con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), algo que todavía genera problemas. Muchos conductores aún no saben cuándo deben pasar la ITV y un despiste podría costarles una multa de 200 o 500 euros.
En España, el 40% de los vehículos que circulan por las carreteras lo hacen con la ITV caducada. Son datos de la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Admnistración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV, que ahora ha visto incrementado ese número en las últimas semanas.
El motivo, el pasado mes de marzo venció la ITV de muchos vehículos. El día 2 del citado mes terminó el plazo excepcional de las prórrogas para pasar las ITV caducadas durante el primer estado de alarma.
Desde #AECAITV nos hacemos eco de esta noticia publicada por la @DGTes: 4 de cada 10 #vehículos circulan con la #ITV caducada, lo que incide directamente en el número de siniestros viales. https://t.co/DG4cMd9Xsz pic.twitter.com/797W1uQqIj
— AECA-ITV (@AECA_ITV) April 9, 2021
Aún hoy quedan muchos interrogantes por resolver a este respecto. El primero de ellos está causado por el 'truco' que tenía la prórroga para aquellos a quienes caducara la inspección entre el 14 de marzo y el 20 de junio. La Orden SND/413/2020 emitida por el Ministerio de Sanidad el pasado 15 de mayo dejaba claro que "se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma".
Es decir, si te había caducado la ITV entre el 18 de abril de 2020, pero la pasaste el 15 de agosto, la nueva inspección debe realizarse el 18 de abril de 2021 y no el 15 de agosto.
Sin embargo, el Tribunal Supremo intervino y causó aún más confusión. Un auto del alto tribunal emitido el 31 de diciembre de 2020 acordó dejar en suspenso la aplicación de la forma de cálculo de la validez de la nueva ITV. La medida cautelar posibilitaba que la ITV tuviera vigencia de un año para aquellos vehículos que pasaran la inspección a partir de entonces.
Un ejemplo para ser mucho más claro. Sigue vigente lo expuesto anteriormente, pero si se pasó la ITV a partir del 1 de enero de 2021, aunque fuese por motivos de la prórroga, la fecha de vigencia será hasta el 1 de enero de 2022.
Desde la AECA-ITV se insiste a los conductores: deben verificar bien la fecha de vencimiento de la ITV. Esto se puede hacer en la ficha técnica del vehículo, en la aplicación de la Dirección General de Tráfico (miDGT), o en la pegatina de la ITV del parabrisas.
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