El Congreso va a dar luz verde, previsiblemente, este jueves a la reforma de la Ley de Tráfico que penaliza con seis puntos conducir sujetando el móvil con la mano y con cuatro no hacer uso del cinturón de seguridad. la norma se vota en el Congreso y pasará al senado. De salir aprobada, la Dirección General de Tráfico (DGT) deberá velar pos su cumplimiento con todos medios que posee, que no son pocos.
Una de las novedades de la nueva ley es que establece la obligatoriedad del casco para los patinetes eléctricos. La Comisión de Interior de la Cámara Baja va a aprobar, con competencia legislativa plena, el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, que pasará directamente al Senado.
Una de las medidas que ha generado más polémica es la supresión de la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
Según señala el proyecto de ley, su eliminación es el último aspecto importante que queda para que la adecuación de los límites de velocidad en las carreteras convencionales a los que están establecidos en la Unión Europea sea real. A esta medida presentaron enmiendas el PP, Ciudadanos, PNV, ERC, Plural y Vox con el objetivo de que se mantenga la posibilidad de rebasar esos 20 km/h en adelantamientos.
Las siete normas que cambian
1. Casco obligatorio para patinetes. Los usuarios de este tipo de vehículos (VMP) deberán usar este elemento de protección. esto se suma a las exigencias exigencias ya aprobadas a principios de año para este tipo de vehículos. La medida quedaba fuera de esta normativa, pero se ha sumado por las enmiendas presentadas por PSOE, Unidas Podemos, PP, PNV y Ciudadanos.
2. Prohibido rebasar más de 20 km/h para adelantar. Da igual la carretera en cuestión, ya no se podrá pasar rebasar más de 20 km/h el límite de dicha vía para adelantar a otro vehículo. es decir, que en una carretera secundaria convencional, adelantar a más de 110 km/h supondra una sanción.
3. Seis puntos por conducir sujetando el móvil. Está considerado infracción grave y por eso seguirá costando 200 euros de multa. La novedad es que pasa de costar tres puntos del carné a costar 6. Y no es necesario estar hablando por teléfono, solo con sujetarlo con la mano se podrá sancionar.
4. 500 euros por fraude en los exámenes de Tráfico. El uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para el carné de conducir (o en los cursos de recuperación de puntos) será considerado infracción muy grave y supondrá 500 euros de multa, tanto para el candidato como para el colaborador. Además, el candidato tendrá que volver a presentarse a las pruebas en un plazo de seis meses. Tráfico asegura que suele ser un fraude habitual en este tipo de pruebas.
5. Dos años sin cometer infracciones para recuperar 12 puntos. de esta manera se unifica el periodo para aquellos conductores que hayan perdido puntos y siempre
que su saldo total de puntos del carnet de conducir no esté a cero.
6. Tres puntos por llevar instalados detectores de radar. Hasta ahora solo se pensaba su uso. La nueva ley sanciona también el hecho de llevarlo instalado en el vehículo. pasa a ser infracción grave y supondrá una multa de 200 euros.
7. Cuatro puntos por no llevar el cinturón o no usar de manera correcta los sistemas de retención infantil. Tres cuartos de lo mismo por no usar el casco en moto y demás sistemas de protección reglamentarios. Estas penas seguirán siendo graves y costando 200 euros de multa.
La nueva ley también contempla premiar con dos puntos a los conductores que superen un curso de conducción segura. Los usuarios recibirán dos puntos como premio, siempre y cuando su saldo no esté a cero. El máximo de puntos sigue siendo de 15.
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