Hay tres documentos obligatorios que constituyen la garantía de que los conductores cumplen la ley y no suponen un peligro en carretera: el permiso de conducción, circulación y la tarjeta de inspección técnica. Serán lo primero que pedirán los agentes tanto si te paran como si estás involucrado en un accidente. Gracias a la Dirección General de Tráfico (DGT) y a su aplicación para móviles, no hará falta llevarlos en formato físico, bastará con el digital. Pero si alguna persona decide no seguir ningún consejo y circular sin la documentación, se expondrá a multas que podrán llegar a los 500 euros.
Se deben llevar los documentos originales en vigor o las fotocopias compulsadas antes de iniciar cualquier tipo de trayecto. Pero si el conductor es un poco más despistado no habrá problema gracias a la aplicación de la DGT que permite guardar toda la documentación en formato digital.
Para el conductor, el documento obligatorio es el permiso de conducción; para el vehículo, el permiso de circulación, la ITV y tarjeta de inspección técnica. Las multas oscilarán entre los 10 y los 500 euros.
Documentos obligatorios
El permiso de conducción es obligatorio llevarlo siempre que se conduce, física o digitalmente. Excepcionalmente se librarán las personas que cuenten con una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico. En este caso la multa por no llevarlo es la más económica, de tan solo 10 euros, pero si hay algún dato incorrecto o no está actualizado ascenderá a los 80 euros. Si a todo esto se suma que está caducado, serán de 200 euros y si circulas sin permiso por retirada del mismo, la situación es más complicada. En este caso serás sancionado con 500 euros y la retirada de 4 puntos.
El permiso de circulación también entra dentro de los tres documentos obligatorios. La sanción es similar al anterior, 10 euros por no llevarlo y 500 euros por circular sin autorización para ello.
La Tarjeta de la Inspección Técnica corresponde al último informe de la ITV y a la pegatina correspondiente. En este caso solo será obligatoria llevarla en el vehículo para los turismos de cierta antigüedad. La sanción por no llevar la tarjeta o el certificado será de 10 euros y si además la ITV está caducada ascenderá a los 200 euros.
Y por último el seguro obligatorio. La ley exige al conductor del vehículo llevar este documento para que en caso de accidente se cubran los posibles daños a terceros, pero desde 2008 no es obligatorio llevarlo en el coche. En este caso la multa se asignaría si el agente comprueba que carece de seguro y podrá ascender desde los 600 euros a los 3.000 euros.
Ahora gracias a la aplicación "Midgt" no hará falta preocuparse por llevarlos encima. Es gratuita y además de llevar los documentos en forma digital, permite realizar trámites desde ella.
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