Las claves del archivo del juicio a Pedro por intentar recuperar la casa okupada de su abuela en Cartagena
La magistrada emite un auto de sobreseimiento porque "no existen indicios suficientes para formular una acusación fundada en derecho".
10 noviembre, 2022 01:59Cuando Pedro fue detenido por la Policía Local de La Unión por tratar de recuperar la casa de su difunta abuela que había caído en manos de los okupas, con el Código Penal en la mano, este cartagenero se enfrentaba a un delito de allanamiento de morada que está castigado con penas de 6 meses a 2 años de prisión y multa. Esta es la realidad que actualmente dispone la legislación en materia de ocupación en España: no se puede recuperar una vivienda a las bravas, aunque sea de tu propiedad, porque el okupa en términos legales es el morador del inmueble.
De hecho, Susana Vicente, la letrada que defendió a Pedro, confirma a EL ESPAÑOL que la ciudadana marroquí que había ocupado la casa acudió "en calidad de víctima" al juicio rápido que se celebró el sábado en el Juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena. "Nunca había llevado un asunto de estas características", tal y como admite la abogada sobre un caso que se ha viralizado, a raíz de las circunstancias que han rodeado a la detención de este padre de familia, de 32 años, que era uno de los seis herederos de un inmueble por el que han pasado varios okupas desde marzo.
[La indignación de Pedro, detenido por intentar recuperar la casa okupada de su abuela en Cartagena]
La casa que intentó recuperar Pedro está en la avenida Enrique Tierno Galván de La Unión. Era propiedad de su abuela, Ana, y cuando falleció fue heredada por sus hijos y nietos, los cuales la pusieron en venta. El cartel de la inmobiliaria fue un imán para los okupas y este año, un par de marroquíes la ocuparon. Los familiares de la difunta Ana denunciaron este delito de usurpación a la Guardia Civil, pero los juzgados no movieron el proceso de desocupación y el inmueble pasó a manos de otra okupa, Hayat, la cual hizo valer su condición de moradora hasta el punto de lograr que la Policía desalojase a unos nigerianos que trataron de echarla a ella.
Durante todos estos meses, los herederos de la casa no dejaron de vigilar el trasiego de okupas por el inmueble y los vecinos les informaron de que Hayat se había marchado a Marruecos. De forma que Pedro vio la oportunidad perfecta de recuperar la propiedad de su familia. Este viernes, forzó la puerta con una pata de cabra, porque la cerradura estaba cambiada, y así fue como pasó de víctima de un delito de usurpación de vivienda, a detenido por la Policía Local por un delito de allanamiento de morada.
La defensa de su letrada, Susana Vicente, ha resultado crucial para que Pedro salga ileso en términos legales del juicio rápido al que fue sometido. "Se enfrentaba a una condena de 6 meses a 2 años de cárcel, una multa con cuota diaria y al pago de la reparación de los daños causados a la puerta", tal y como explica la abogada. "Lo primero que hice fue aportar documentación al juzgado para acreditar que mi cliente era uno de los propietarios legítimos de la casa: presenté la escritura de la vivienda, la declaración de herederos y la liquidación del impuesto de sucesiones".
En base a esa documentación, Pedro explicó a la juez que trató de acceder al inmueble para recuperar una propiedad de su familia porque la okupa regresó a su país de origen: Marruecos. Tal relato fue corroborado por otra prueba: cuando la Policía Local detuvo a este cartagenero tras reventar la puerta de la casa, con una pata de cabra, dentro del salón estaban las maletas de Hayat luciendo las típicas pegatinas de facturación. Un dato que avalaba que la okupa había estado fuera del país y que Pedro solo actuó así porque no había un morador dentro de la vivienda.
"También acreditamos que en marzo se denunció la ocupación de la casa, por parte de los herederos, y ocho meses después el juzgado no había notificado ningún auto sobre el proceso de desocupación a ninguna de las partes: ni al denunciante ni a la denunciada".
La guinda a esta defensa magistral fue el gesto de humanidad que tuvo con su testimonio la víctima del caso, Hayat, y que a la misma vez es la okupa a la que la familia de Pedro trataba de desalojar. "Admitió que llevaba meses viviendo en una casa, sin saber quiénes eran los propietarios, y no reclamó ninguna condena para Pedro", según confirma la letrada.
El auto judicial
EL ESPAÑOL ha accedido a la documentación judicial del caso donde se pone de manifiesto que la situación vivida en el juzgado invita a reflexionar sobre la regulación de la ocupación en el país: Pedro, ocupaba el banquillo de los acusados, por un delito de allanamiento de morada, cuando trataba de recuperar una vivienda heredada, y la okupa, Hayat, era la víctima, como moradora de una propiedad con una toma ilegal de luz.
"Logramos que el procedimiento quedase sobreseído porque acredité que mi cliente era el propietario de la casa", subraya la letrada Susana Vicente. De hecho, en los autos se hace constar que la Fiscalía rechazó formular escrito de acusación, a la vista de los roles que en realidad tenían el acusado y la víctima respecto a la casa de la avenida Enrique Tierno Galván de La Unión:
"El Ministerio Fiscal solicita el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones por no existir indicios de que el investigado tuviera intención de menoscabar la propiedad ajena o de acceder a un inmueble que constituyera morada, ya que el mismo ha manifestado que el inmueble era propiedad de su abuela fallecida, que es uno de los herederos y que los vecinos le habían informado de que la vivienda estaba vacía por lo que su intención era tomar posesión del inmueble de su propiedad".
La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena no tuvo más remedio que emitir este auto: "En atención a las diligencias practicadas en estas actuaciones, considerando que no procede por el momento la realización de nuevas indagaciones y estimando que no existen indicios suficientes para formular una acusación fundada en derecho, procede decretar el sobreseimiento provisional de este proceso".
- ¿El auto genera jurisprudencia para otras personas que hayan intentado en España entrar a una vivienda de su propiedad que está ocupada?
- Susana Vicente: No, porque tendría que haber entrado al fondo de la cuestión y solo se ha decretado el sobreseimineto del caso. Mi prioridad era demostrar que Pedro eral el dueño de la casa y solo intentó acceder a ella porque creía que no había nadie dentro.
A partir de ahora, a Pedro y a sus familiares les quedan dos opciones con Hayat: la okupa que continúa como moradora de la casa de la difunta Ana. Y todo ello, a pesar de que tiene nómina como empleada en el sector agrícola y que se permite viajar a Marruecos. La primera posibilidad, consiste en negociar el pago de un alquiler o la compra del inmueble. La segunda es la que menos gusta a los herederos: seguir esperando a un proceso de desahucio por vía judicial que ocho meses después sigue igual.