Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, posa junto a un perro

"Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, posa junto a un perro" EE

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El Congreso aprueba la ley Belarra: multas de 50.000 euros por tener un perro en el patio

Para la graduación de las sanciones se tendrán en cuenta el perjuicio causado al animal, el grado de intencionaldad, la trascendencia social o el ánimo de lucro ilícito, entre otros aspectos.

10 febrero, 2023 03:21

La tensión era palpable en el Congreso en la mañana de este jueves. El desencuentro no se daba únicamente entre Gobierno y oposición, sino que también se daba en el seno del Ejecutivo. "No llegamos tan lejos como hubiésemos querido ni tan lejos como pensábamos que íbamos a llegar", reconocía la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, antes de que se aprobara su Ley de Bienestar Animal.

El motivo es que se quedaban fuera de esta ley los perros de caza. Es decir, el PSOE votó una enmienda con el Partido Popular y Vox para que los beneficios de esta ley recaigan exclusivamente en los animales domésticos. Por lo tanto, se excluye de la misma a los perros de caza, los de pastoreo y los de rescate, que tendrán una legislación propia.

Finalmente, ha decidido dejar fuera a los perros de caza para que la ley no cayera. La aprobación del texto estuvo en entredicho hasta casi el último momento por este motivo, pero finalmente salió adelante.

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Ione Belarra, en la viñeta, haciendo equilibrio con los galgos.

Ione Belarra, en la viñeta, haciendo equilibrio con los galgos. Tomás Serrano

Una vez aprobada la norma, aún queda por conocerse cuándo entrará en vigor. Ha pasado el trámite en el Congreso y toca debatir el texto en el Senado, donde aún se podrán presentar enmiendas para modificarlo.

Por el momento, las sanciones van a quedar como recogía este proyecto de ley que, en un principio, tenía el consenso de todos. El proyecto de ley publicado el 18 de enero establece que las sanciones irán desde una proposición de multa hasta una sanción de 200.000 euros en el caso más grave.

"Ley ideológica"

Esta ley ha causado un gran revuelo y, en realidad, no ha terminado de convencer a nadie. Como muestra, un botón: el pasado domingo se celebraron dos marchas distintas en Madrid para protestar por la aprobación de la ley con pensamientos totalmente opuestos.

Desde la oposición, Milagros Marcos, portavoz de Agricultura del PP, pedía que no se antepusiera "las demandas de los animalistas al interés de los animales y de las personas". "Nos hubiera gustado debatir una norma que evitara el abandono y asegurara su bienestar, pero se deben aparcar la soberbia, salir del sectarismo ideológico, dejar de pensar en el contador electoral y escuchar a profesionales, expertos y científicos".

Marcos cree que se debería retirar la ley y trabajar "en una que proteja a los animales sin perjudicar a nadie".

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Uno de los puntos más polémicos de esta ley se ha basado en el endurecimiento del Código Penal. Desde la oposición se ha criticado que se castigue con una pena mayor "la agresión a un animal que a una mujer o a una persona con discapacidad".

Esta tesis ha sido apoyada por el Consejo General del Poder Judicial. Por ejemplo, en relación a la reforma del artículo 340 bis.4 expone que "examinado el tipo y analizado comparativamente con el delito leve de lesiones, en personas, se observa, como ya se ha anticipado, una cierta quiebra del principio de proporcionalidad".

Marcos apunta a la desprotección que causa que alguien pueda ir a la cárcel por matar una rata en su casa; o que una persona sea denunciada por abandono si su perro pasea solo por el pueblo: "¿Cuándo esto pase también dirán que todos los jueces son antianimalistas con toga?".

Según Marcos, "han dejado que el Código Penal lo escriban delincuentes". "El PP apoya los criterios técnicos y científicos que dicen que esta ley no evita el maltrato. Va contra la salud pública y puede generar alarma social", apunta Marcos, que se pregunta si un perro está mejor en un piso de 25 metros o un patio. "Esta ley está hecha desde la ideología más sectaria. Tienen a toda la ciencia en contra".

Perros en patios

El capítulo II del Proyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales establece las infracciones y sanciones de la nueva norma. Aquí se refleja, además, que los ingresos procedentes de las sanciones se destinarán "a actuaciones que tengan por objeto la protección de los animales".

Habrá tres tipos de sanciones: apercibimiento o multa de quinientos a diez mil euros en las infracciones levesmulta de diez mil uno a cincuenta mil euros en las graves; y multa de cincuenta mil uno a doscientos mil euros en las muy graves.

Asimismo, establece el proyecto de ley que si hay reincidencia en la comisión de una infracción leve o esta es continuada, no procederá la sanción de apercibimiento.

Se considerará infracción leve "toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal".

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Por su parte, existen hasta 16 tipos distintos de infracciones graves. "Se considera infracción grave toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves".

La primera de estas tipificaciones establece: "El incumplimiento, por acción y omisión, de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley, que implique daño o sufrimiento para el animal, cuando produzca en los animales secuelas permanentes graves, daños o lesiones graves siempre que no sea constitutivo de delito".

También será infracción grave "no cumplir las obligaciones de identificación del animal o el uso no autorizado de métodos agresivos o violentos en la educación del animal". Asimismo, la legislación tipificará "la administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico para el animal".

Igualmente, estará tipificado como infracción grave "practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas; utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; utilizar animales como reclamo publicitario sin autorización; y criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley".

En torno a 1.500 personas salieron a protestar contra Ione Belarra y Sergio García Torres.

En torno a 1.500 personas salieron a protestar contra Ione Belarra y Sergio García Torres.

Continúa exponiendo el texto que también incurrirán en infracciones graves aquellos que realicen "envío de animales vivos excepto en los casos previstos en esta ley".

"La retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en esta ley" es otra de las conductas típicas.

El abandono de uno o más animales. Eso sí, no se considerará como falta grave sino como leve "la falta de comunicación de la pérdida o sustracción de un animal; por contra, se considerará como infracción grave el no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido, y el abandono del animal en condiciones de riesgo".

"El robo, hurto o apropiación indebida de un animal" también son infracciones graves.

En este capítulo entran, además, "no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos similares en los que los hubieran depositado previamente, pese a no conllevar riesgo para el animal".

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"Alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios" es igualmente una infracción grave.

Una de las sanciones más llamativas es que será una infracción grave "mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos".

Por último, cabe destacar que "la comisión de más de una infracción leve en el plazo de tres años cuando así haya sido declarado en resolución administrativa firme" se tipifica también como grave.

Cría y venta de animales

El artículo 83 del texto legislativo recoge las infracciones muy graves de esta ley. Comienza exponiendo que "el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado".

Asimismo, recoge la futura ley que "la eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado; el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas; el uso de animales de compañía para consumo humano; o dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley", son infracciones muy graves.

Juan José, con sus aves en la manifestación contra la ley Belarra.

Juan José, con sus aves en la manifestación contra la ley Belarra.

Otra de las sanciones más sonadas de esta ley es la que conlleva "la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas". En este mismo título entran la venta de "perros, gatos y hurones en tiendas de animales".

Prosigue este artículo exponiendo que incurre en una infracción muy grave aquel que use "animales en actividades prohibidas, en particular en actividades culturales festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses".

Para finalizar, el último punto señala que "el uso de la selección genética de animales de compañía que conlleve un detrimento para su salud" es una infracción muy grave.

La comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme, también supone una infracción muy grave.