El alcohol es uno de los principales factores de la siniestralidad en España, de hecho, está presente entre el 30% y 50% de los accidentes. Por ello, la DGT insiste en la importancia de no beber ni una sola gota cuando tenemos que coger un vehículo. Y es que los reflejos y la capacidad de movimiento se resienten y aumentan las posibilidades de sufrir un accidente de tráfico.

Aunque las autoridades y los expertos en tráfico nos recuerdan constantemente la importancia de no beber nada alcohol, la realidad es que se permite tener una mínima tasa. Estos límites dependen, en gran parte, de nuestro sexo o nuestro cuerpo, así como del tipo de bebida alcohólica ingerida. El grado de alcoholemia se calcula al dividir los gramos de alcohol puro ingeridos por el peso (en kilos) del bebedor multiplicado por 0,7 (0,6 en las mujeres cuya tolerancia al alcohol es menor).

En términos generales, y tal y como recoge la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se considera positivo en un control de alcoholemia cuando se superan los 0,5 gramos por litro en sangre (0,25 mg/L en aire espirado). Y en el caso de personas con menos de dos años de carné de conducir o de profesionales de la conducción, no podrán superar los 0,3 g/L de alcohol en sangre (0,15 mg/L en aire).

Aunque lo mejor para tener controlados estos límites es no beber nada cuando se va a conducir, la DGT informa de las cantidades con las que podemos dar positivo

Teniendo como referencia una jarra de 330 ml (que es también la medida estándar de una lata o una botella de un tercio), se considera que una cerveza y media ya garantiza el positivo en hombres y menos de una unidad en mujeres. Aunque todo ello se puede afinar más con datos como el peso y/o la resistencia. 

Hombres de 70 kg

- Una jarra: 0,3 mg/l en aire espirado.

-Dos jarras: 0,6 mg/l en aire espirado.

-Tres jarras: 0,8 mg/l en aire espirado.



Hombres de 80 kilos

-Una jarra: 0,2 mg/l en aire espirado.

-Dos jarras: 0,5 mg/l en aire espirado.

-Tres jarras: 0,7 mg/l en aire espirado.



Mujeres de 50 kg

-Una jarra: 0,5 mg/l en aire espirado.

-Dos jarras: 1,0 mg/l en aire espirado.

-Tres jarras: 1,5 mg/l en aire espirado.



Mujeres de 60 kg

-Una jarra: 0,5 mg/l en aire espirado.

-Dos jarras: 0,8 mg/l en aire espirado.

-Tres jarras: 1,2 mg/l en aire espirado.

Multas de tráfico

Asimismo, la Dirección General de Tráfico recuerda de las multas establecidas por superar la tasa de alcohol permitido. Entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l la multa es de 500 euros y 4 puntos del carnet de conducir. Entre 0,50 mg/l y 0,60 mg/l asciende a 1000 euros y 6 puntos. 

Y si la tasa sobrepasa los 0,60 mg/l ya es un delito penal. En este caso, el conductor se enfrenta a una condena de entre 3 y 6 meses de prisión, de 6 a 12 meses de sanciones económicas o trabajos para la comunidad, así como la pérdida inmediata del carnet. 

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