Aunque hoy en día la mayoría de ciudadanos estamos acostumbrados a que las sanciones de la Dirección General de Tráfico no disminuyan, sino todo lo contrario, hay normas que con el paso del tiempo hay que adecuarlas a la nueva realidad. El motivo es muy simple y es que algunas ya no son compatibles con la actualidad o incluso los avances permiten adaptarlas.
Un ejemplo de ello es la obligación de llevar el carnet de conducir. Hasta hace muy poco montarse en el coche sin la cartera era algo impensable, pero afortunadamente eso forma parte del pasado. Aunque es cierto que la DGT sigue exigiendo la presencia en todo momento de varios documentos, no es necesario llevarlos físicamente. La multa por circular sin documentación era de al menos 200 euros, pero gracias a la nueva aplicación móvil de la DGT, ahora se puede llevar digitalizado
Pero esta no es la única infracción por la que ya no te multarán, antes la normativa obligaba a llevar unas gafas de repuesto en la guantera e incluso unas de sol si la ocasión lo requería. Pero ahora basta con usar lentillas o incluso no conducir en el caso de que no tengamos ninguna de las opciones. La multa podía ascender hasta los 200 euros.
Pero eso no es todo, tampoco resulta necesario portar el recibo del seguro. Las policías autonómicas y la Guardia Civil detectan a través del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados si un vehículo está o no asegurado.
Asimismo, tampoco es motivo de multa no tener a mano el recibo del impuesto de circulación municipal, ya que también es posible su consulta telemática.
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