La entrada en vigor de la Ley 7/2023 el 28 de marzo que blinda la protección de los derechos y el bienestar de los animales -más conocida como Ley Belarra- ha abierto un nuevo campo que, hasta este momento, apenas había tenido relevancia. Se trata de la obligatoriedad de que cualquier dueño de un perro debe contratar un seguro de responsabilidad civil por los daños que pudiera causar a terceros. Pese a que este deber ya existía en Madrid y para distintas razas de perro, la entrada en vigor de la nueva norma ha homogeneizado su implantación, por lo que no son pocas las aseguradoras que han comenzado a ofertar dicho servicio.
En concreto, esto es lo que la ley recoge en su artículo 30.3: “En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente”.
Por lo tanto, no sería de extrañar el quebradero de cabeza que algo así puede suponer para cualquier dueño que antes no hubiera lidiado con esta obligación. De todos modos, este seguro de responsabilidad civil es el seguro para mascotas más básico que existe. En resumidas cuentas, cubre los daños que pueda causar a terceros la mascota. Por ejemplo, accidentes de tráfico que pueda provocar, si muerde a otro animal o si tira a una persona al suelo por accidente. Es similar a un seguro de coche a terceros, es decir, los daños sufridos por el animal o su dueño no están cubiertos.
Muchas de las aseguradoras aprovechan esta obligación para añadir no pocos extras en la póliza: robo, extravío, asistencia veterinaria o sacrificio y eliminación del cadáver son algunos ejemplos. De esta forma, las ofertas varían de unas a otras, dependiendo de lo que cubran y la cantidad de responsabilidad civil a asegurar, sin olvidar que algunos municipios, mediante ordenanzas, exigen cantidades mínimas de cobertura de responsabilidad civil.
Según indican los expertos en el blog Terranea , “algunas compañías están especializadas en este sector y, por ello, son más eficaces en la resolución de siniestros y, además, suelen tener los mejores precios y coberturas que las compañías más generalistas”. Además, tal y como advierten, es posible que el seguro del hogar también te permita incorporar a la mascota. En ese caso, será imprescindible cerciorarse de que cubrirá los daños que pudiera causar fuera del hogar.
La demanda de estos seguros es tan alta que ya existen comparadores especializados. Todos ellos funcionan a través de diferentes variables: raza del perro, fecha de nacimiento, residencia y hasta el valor de adquisición de la mascota, algo que se puede comprobar viendo si ha ganado algún concurso o si tiene pedigrí.
Las cuantías dependen de las variables ya explicitadas, pero también de la cifra en euros de los daños que cubren. Si atendemos a las opciones sin franquicia, esto es, la aseguradora se hace cargo de todos los gastos, los importes oscilan entre los 32 y 94 euros en el caso de un perro de raza pastor belga, de siete años que viva en Madrid capital.
Por ejemplo, la compañía Welcome Seguros ofrece un seguro de responsabilidad civil para perros por la mínima cantidad posible de las consultadas: por 32 euros al año, cubre hasta 300.000 euros de posibles daños. Por 5 euros más, la cifra aumentaría hasta los 600.000 euros. En el lado opuesto se encuentra Liberty Seguros, cuyo seguro cubriría 300.000 euros por una cuota anual de 94,20 euros. Entre ellos dos se encuentran otras ofertas, como la de Kalibo (39 euros de cuota anual que cubren 200.000 euros en daños), Adeslas (65 euros de cuota que cubren hasta 180.000 euros en daños) y Catalana Occidente (53 euros de cuota cubren hasta 150.000 euros en daños), entre otros.
Sin reglamento homogéneo
Miguel Ángel Serrano, vicepresidente de Facua, advierte del enunciado del artículo 30.3 de la mencionada ley: “La literalidad dice que el importe del seguro de responsabilidad civil se establecerá reglamentariamente, pero por el momento no existe reglamento alguno al respecto”. Por eso, pese a ser una norma a nivel estatal, habría que ir a cada comunidad autónoma para ver qué hay legislado en la materia.
“La primera recomendación que haría es que los propietarios averigüen en su región las características que debe tener el seguro antes de contratar ningún tipo de póliza. Las aseguradoras suelen comercializar estos productos a nivel nacional, así que hay que ir al detalle. Así evitaremos que nuestro seguro no tenga los requisitos suficientes”, añade el experto. Asimismo, Serrano incide en que, como siempre a la hora de contratar cualquier seguro, el consumidor debe leer atentamente las condiciones generales y particulares de la póliza.
Además, recomienda no basarse solo en la información que ofrece la compañía de seguros: “Hay profesionales que hacen su trabajo perfectamente, de forma transparente, pero es un mercado muy agresivo en el que te puedes encontrar comerciales que no tienen ese nivel de ética tan desarrollado”, en sus propios términos.
En cuanto a la disparidad de precios, Serrano aduce que es algo habitual en el mundo de las aseguradoras. “Muchas veces, las empresas más grandes y conocidas que invierten más en publicidad suelen tener pólizas más caras. También habría que tener en cuenta la experiencia del usuario, porque no todas las compañías tienen el mismo servicio de atención al cliente”, concluye el vicepresidente de Facua.
Compañía | Seguro |
liberty Seguros | 94,20 € con cobertura de hasta 300.000 € |
Allianz | 79,84 euros y 88,71 con coberturas de entre 150.000 y 300.000 € |
Catalana Occidente | 53 € con cobertura de hasta 150.000 € |
Welcome Seguros | 32-37 € con coberturas entre 300.000 y 600.000 € |
Mascota y Salud | 36 € con cobertura de hasta 350.000 € |
Fiatc Seguros | 60 € con cobertura de hasta 150.000 € |
Kalibo | 39 € con cobertura de hasta 200.000 € |
Adeslas | 65 € con cobertura de hasta 180.000 € |