Seguramente una de las elecciones más complicadas para la mayoría es escoger el nombre para su hijo o hija. De hecho, es una de las misiones más importantes de una madre o un padre que marcará la vida del menor para siempre. En cualquier caso y pese a que existe libertad de elección, no todo vale. Tanto, que hay nombres prohibidos ya que el Registro Civil rechaza aquellos que puedan tener connotaciones negativas o puedan atentar contra la dignidad de los menores.
En España, los nombres de los bebés se regulan sobre la ley del 8 de junio de 1957. Dicha ley ha sido actualizada en diversas ocasiones para ir adaptándose a los nuevos tiempos y haciéndose cada vez más permisiva. En este sentido, hasta hace unos años solo se admitían los nombres cristianos. Ahora, en cambio, la originalidad entra en discusión con la tradición. De hecho, es muy común buscar inspiración en la televisión, en el cine, o en la música.
Entre los nombres que está prohibido utilizar se encuentran: Osama Bin Laden, Stalin, Lucifer, Hitler, Judas, Tonto, Engendro, Loco o Caca. Además, tampoco se permiten nombres de fruta, ni de ciudades, ni de países, ni de marcas o nombres comerciales. Están prohibidos, de la misma manera, el nombre completo de famosos como Freddie Mercury, Rafa Nadal o Iker Casillas. Algunos nombres de animales como Perro, Mofeta, Tejón, Zorro o Zorra también están vetados.
Asimismo, está prohibido poner el mismo nombre entre hermanos, incluso aunque se hubiera traducido a otra lengua. "No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua", dice el artículo 51 de la ley del Registro Civil.
Por lo tanto, antes de acudir al Registro Civil debemos analizar muy bien qué nombre poner a los hijos, porque en caso de estar prohibido, puede ser un quebradero de cabeza cambiarlo a última hora.