Después de aprobarse el pasado mes de marzo, la nueva Ley de Bienestar Animal entrará en vigor el próximo 29 de septiembre. Uno de los principales objetivos de la normativa es alcanzar la máxima protección de los derechos y el bienestar de los animales, además de acabar con el maltrato y concienciar a la sociedad. Desde su aprobación, la ley ha generado mucha polémica. Y es que, a pesar de que desde el Gobierno apuntan que se trata de todo un avance en materia de protección de animales, la realidad es que algunos de sus puntos no han sido entendidos por parte de la sociedad.
Según establece el artículo 30.3, los dueños de perros estarán obligados a contar con un seguro de responsabilidad civil. Pero esta no es la única novedad que incluye la nueva normativa. Además, las acciones contra el bienestar de los animales serán catalogadas como leves, graves o muy graves. En función de la gravedad de la acción que cometa el infractor, las multas irán desde los 500 hasta los 200.000 euros.
Pero si ha habido algo que ha generado polémica ha sido la decisión del Gobierno de obligar a todas aquellas personas que tengan perro, o que deseen tenerlo, a realizar un cursillo formativo obligatorio. A pesar de que todavía no se ha detallado cómo y dónde se impartirán estos cursos, desde el Ejecutivo han asegurado que será gratuito y en formato online. Además, una vez completado, tendrá validez infinita.
Así lo estipula el artículo 30 del Proyecto de Ley. "Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida". Además, tal y como se detalla en el texto, los dueños junto a sus perros deberán realizar también un test para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social.
En este mismo artículo del Proyecto de Ley es donde se establece también la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil. "En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados".
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Sin embargo, aunque todo apuntaba a que los dueños de los perros tendrían la obligatoriedad a partir del 29 de septiembre de contratar un seguro y de realizar el cursillo formativo, la realidad es que no va a ser así. La normativa entrará en vigor sin estos dos fundamentos. El motivo es que la interinidad del Gobierno no ha permitido aprobar aún el reglamento de la Ley.
Así lo recoge la circular que el director general de derechos de los animales en funciones, Sergio García Torres, ha enviado a los afectados. Tal y como se detalla en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el borrador del reglamento está elaborado, pero no se conocerá hasta que pueda ir al Consejo de Ministros. Un hecho que no ocurrirá, como mínimo, hasta que el Gobierno sea interino.
Por ello, el seguro de responsabilidad civil por tenencia de perros y el cursillo que debían realizar los dueños que quisieran tener mascotas "no resulta efectivamente aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de dicho precepto". En este sentido, el Ministerio ha recordado que, en el caso del seguro, este deberá atender a las normativas autonómicas y locales.
Lo que sí ha recordado el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es que, en el caso de los perros potencialmente peligrosos, se obliga a los dueños a que el seguro de responsabilidad civil cuente con una cobertura mínima de 120.000 euros.
Otros puntos de la nueva normativa
Sin duda, el curso de perros ha sido uno de los puntos más polémicos de la normativa, pero no el único. La nueva Ley de Bienestar Animal limitará a partir de ahora el número de mascotas a cinco por vivienda. En este sentido, puede ocurrir que haya alguien que ya cuente con más de cinco animales en su casa. O, por el contrario, que no los tenga, pero sí tenga en mente contar con ellos en un futuro.
En estos casos, será necesario obtener un permiso especial que otorgará el Ayuntamiento de la localidad donde reside la persona, que será el encargado de aceptarlo o denegarlo en base a un informe veterinario que acredite el bienestar de los animales en la vivienda.
Si el permiso es aceptado, no habrá problema en contar con más de cinco animales en casa. Por el contrario, si es denegado, la persona estará obligada a entregar a sus mascotas a un centro especializado con la licencia correspondiente. En caso de incumplir la norma y desobedecer la decisión del Ayuntamiento, se establecerán las equivalentes sanciones. Estas, en función de la gravedad, podrán ir de leves a muy graves (desde 500 a 200.000€).