Denuncian al presidente de una comunidad de propietarios por ponerse 86.000 euros de sueldo
Preside la comunidad de propietarios de la Urbanización Torre Bermeja en Estepona (Málaga), cobrando más que Yolanda Díaz por gestionar las zonas comunes de 109 viviendas de lujo.
5 febrero, 2024 13:12Los vecinos de la comunidad de propietarios Torre Bermeja, en Estepona (Málaga), han denunciado ante el juez al presidente de la misma, Stephen Hills, al haberse puesto un sueldo con cargo a los presupuestos comunitarios. ¿La cifra? 86.700 euros brutos anuales. "Lo confirmo, efectivamente", ha declarado a EL ESPAÑOL David Valadez, el abogado que representa a los comuneros de esta urbanización de lujo de la Costa del Sol que han llevado a la justicia la situación.
Además, el presidente, "como aguinaldo", puntualiza Valadez, también se ha eximido de abonar las cuotas de la comunidad, que anualmente rondan los 6.000 euros.
Stephen Hills, residente histórico en esta urbanización de lujo, está cobrando un sueldo por encima del de la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, que cobra un salario base de 84.600 euros; más que un ministro (79.415 euros anuales) y 600 euros menos que el presidente de la Junta de Andalucía. Todo, por presidir una comunidad en la que su labor es gestionar las zonas comunes de 109 viviendas.
Según detalla el abogado, la urbanización cuenta con una mayoría de comuneros de origen extranjero, sobre todo, ingleses, por lo que desconocen en su mayoría lo que estipula la Ley de Propiedad Horizontal. La decisión de ponerse un sueldo se aprobó en la junta de propietarios del 29 de junio de 2023, vulnerando los estatutos de la comunidad, que establecen que el cargo de presidente es gratuito.
"Se pretende enmascarar la atribución de un elevadísimo sueldo al presidente" bajo "la denominación de Administración Gerente de la Urbanización", una figura que "no viene contemplada" en los estatutos y "cuya creación jamás ha sido aprobada por la comunidad de propietarios", subraya Valadez, en declaraciones recogidas por EFE. También lo es la exención del pago de las cuotas de comunidad, según el abogado de la parte demandante.
En su artículo 16 se indica expresamente que cada propietario ha de "contribuir, con arreglo a la cuota establecida, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble" y en ningún apartado "se establece la posibilidad de que pueda determinarse una exención y/o condonación de las cuotas a comunero alguno".
Sin olvidar que esta decisión "lesiona gravemente los intereses" del resto de comuneros, apunta Valadez, la misma supone "una infracción del título constitutivo, ya que se modifica el mismo al permitir que su inmueble no contribuya a los gastos de la comunidad en contra de los preceptuado".
El propio interesado rubricó ambos acuerdos, así que salió de la junta de vecinos exento de tener que contribuir al mantenimiento de la urbanización y habiendo logrado la aprobación para sí mismo de un salario que está muy por encima de la media española.