Este domingo 29 de septiembre ha acabado el periodo de "asimilación" de la medida sobre la prohibición de venta de perros, gatos y hurones en tiendas de España, que fue aprobado el mismo día del año pasado. Esta norma la recoge la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales.

La finalidad principal de esta ley es fomentar la convivencia responsable y luchar contra el abandono y el maltrato. En concreto, esta medida pretende fomentar la adopción y el acogimiento de estos animales, para que sea prioritario su salud y su bienestar. 

A partir del domingo, la única forma de comprar perros, gatos y hurones es a través de criadores que deben estar registrados y, por tanto, autorizados. Además, tanto el comprador como el vendedor tendrán que firmar un contrato de compraventa. Después, antes de un plazo máximo de tres días hábiles deberán comunicar la operación en el Registro de Animales de Compañía.



Previo a la venta, el vendedor deberá darle a conocer al comprador algunos datos básicos de la mascota, como su origen, el nombre, el número de registro del criadero, la raza, sus necesidades, así como la atención veterinaria que habrá recibido hasta el momento y que necesitará en un futuro.

Por otro lado, el animal deberá tener un mínimo de dos meses para poder realizarse la compraventa, siempre que se realice el intercambio desde el núcleo donde los perros y gatos nacieron y que estén en perfecto estado de salud. Esto se debe a que en algunas tiendas vendían animales antes del destete que se realiza a los dos meses, y muchos fallecían.

El incumplimiento de esta medida puede suponer una sanción variable entre 50.001 y 200.000 euros, dado que se considera una de las infracciones más graves que respalda esta ley. Además, también queda prohibida la exposición de estos animales con fines comerciales, ya sea por internet o de forma física.