José tenía un acuerdo con su mujer para tener sexo de 22:30 a 22:55 y ella dice que la violó porque se pasó "15 minutos"
- La noche antes de la separación, firmaron un acuerdo de "penetración vaginal", pero esta se alargó más de lo pactado. Tenían una alarma que no respetaron.
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José (nombre ficticio para proteger su identidad) llevaba un tiempo cansado de su relación y no se fiaba de su pareja. Habló con un amigo suyo, al que le dijo que su pareja le causaba daño "psicológico" y este le recomendó que quizás para tener sexo con su mujer debía hacerle firmar un contrato de consentimiento sexual. El objetivo era evitar que ella luego pudiera emprender acciones legales contra él. Él se descargó varios modelos y se propuso hacerlo así a partir de entonces.
El pasado 12 de abril, José, harto de la situación, decidió separarse. Se lo comunicó a la que era su pareja, que le pidió una pensión tras la separación. Al final, hubo reconciliación, al menos momentánea, y comenzaron los besos.
Tal y como había ocurrido en otras ocasiones, antes de comenzar el acto sexual, firmó junto a su pareja un documento de consentimiento sexual. El mismo rezaba: "Por medio de este documento, yo Doña Josefa (nombre ficticio para guarda la identidad), mayor de edad, con DNI 034, de forma libre, espontánea y voluntariamente consiento en este acto ser penetrada vaginalmente (no así analmente ni bucalmente, lo cual requerirá otro consentimiento en su caso) por mi pareja sexual D. José, en el domicilio sito en C/..., siempre que el acto sexual tenga lugar entre las 22.30 y las 22,55 del día señalado, decayendo el presente consentimiento una vez transcurrida la hora autorizada".
El documento fue firmado por ambos, que procedieron a poner una alarma que les avisara a la hora fijada. Fue entonces cuando comenzó el acto sexual.
Las pasiones se desataron y la alarma no perturbó el funcionamiento de la relación sexual, que se prolongó hasta las 23.10.
La denuncia
A la mañana siguiente, la pareja volvió a caer en una nueva crisis. Esta puso definitivamente el punto final a la relación.
La mujer se dirigió entonces al juzgado de guardia e interpurso una denuncia contra su pareja. Le acuasaba de haber mantenido las relaciones sexuales del día anterior tras la insistencia del hombre, por lo que entendía que había sido agredida sexualmente.
El juez solicitó la comparecencia de José, que aportó en el juzgado el documento que ambos habían firmado la noche de la relación. Pretendía demostrar que ella había dado su sí a la relación, es decir, que fue consentida.
Ante la prueba aportada, la mujer aseveró que "eyaculó transcurrida la hora límite autorizada", a las 23.10 horas del citado día, por lo que José le habría agredido sexualmente durante 15 minutos. Le acusaba de un presunto delito de agresión sexual con acceso carnal recogido en el artículo 179 del Código Penal.
Sobreseimiento
El titular del Juzgado de Instrucción de Barcelona encargado del caso acordó el sobreseimiento provisional de la causa después de escuchar a las partes. El juez entendía que el consentimiento sexual no podía quedar supeditado a unas horas y minutos concretos de manera tan estricta, no siendo "el retraso en la finalización del meritado acto" un hecho punible.
José asegura haber perdido a todos los amigos en común con su expareja tras lo ocurrido. Además, una compañera suya de trabajo había pedido el cambio de centro de trabajo porque no quería "estar cerca de un violador".
Todos estos daños, han llevado a José a plantearse denunciar a su expareja por haber cometido presuntamente un delito de denuncia falsa. Para ello, ha contratado los servicios de Pablo de Palacio, abogado y criminólogo, colaborador en Ferox Abogados.
El letrado apunta en conversación telefónica con EL ESPAÑOL que el consentimiento no acaba a una hora puntual si no se manifiesta de alguna manera. "Lo que determinaría el delito de agresión sexual sería que cuando se llegan a las 22.55, ella le hubiera manifestado que no quiere continuar y él hubiera usado la fuerza, la intimidación o hubiera continuado saltándose su consentimiento. Eso es lo que determinaría una agresión sexual".
De Palacios asevera que, obviamente, ella podría haber querido frenar la relación, pero que debía haberlo expresado de alguna manera. "Tenían una alarma y ella quiso continuar", aduce. "El consentimiento no puede quedar supeditado a unas horas concretas", insiste el abogado en concordancia a lo expuesto por el juez.
Tras lo ocurrido, están valorando actuar contra la demandante por un delito de denuncia falsa.