La DGT avisa: esta es la multa que te puede caer por llevar la compra en el asiento de atrás
Si bien no es común que haya una multa específica por llevar bolsas de la compra en el asiento trasero, sí es posible recibir una sanción si la manera en que se transportan esos objetos compromete la seguridad al conducir.
27 septiembre, 2023 10:50En aquellas ocasiones en las que nos encontramos con que no tenemos suficiente espacio en el maletero para poder transportar nuestro equipaje u otros objetos, o simplemente por comodidad para tenerlos al alcance, es habitual colocar en la parte trasera del habitáculo las mochilas, el ordenador o las bolsas de la compra. Habitualmente lo hacemos de manera totalmente tranquila, sin imaginar que este gesto es incorrecto y que podría ocasionar incluso el ser multado por ello.
Cuando colocamos objetos en la parte trasera, estamos poniendo en peligro a los ocupantes del vehículo, ya que, en caso de impacto, cualquier objeto suelto se convierte en un proyectil que puede llegar a causar daños muy graves sobre estos.
La multa que te pueden poner por llevar bolsas de la compra en los asientos traseros
El Reglamento General de Circulación, en su artículo 14, es claro con respecto a la posibilidad de llevar bolsas u otros objetos en la parte trasera del habitáculo. En él se indica que la carga que se transporta en el vehículo, así como los accesorios que se usen para su protección o acondicionamiento, deben estar dispuestos y sujetos de tal forma que no puedan caer total o parcialmente, arrastrar o desplazarse de una forma peligrosa.
De esta forma, está prohibido llevar objetos sueltos a pesar de que es una práctica muy usual, por lo que el lugar para llevar las bolsas de la compra o cualquier otro objeto es el maletero. Si aun así decides poner las bolsas de la compra en el asiento de atrás, debes saber que te expones a una multa de hasta 200 euros.
La razón no es otra que la propia seguridad de los ocupantes, ya que tiene un mayor peligro de lo que se pueda pensar. De hecho, la Dirección General de Tráfico (DGT), ha demostrado a través de diferentes estudios que, por efecto de la inercia, ante un frenazo, cualquier objeto suelto en la parte trasera del vehículo multiplica su peso por 40 al circular a 50 kilómetros por hora.
Por la inercia y el "efecto elefante" la fuerza con la que un objeto suelto dentro del #vehículo golpearía a cualquier ocupante se multiplicaría hasta por 40 veces su peso a 50 km/h.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) October 11, 2021
Imagina si fuese un niño mal anclado o sin sujeción.
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De esta forma, si por ejemplo hemos colocado un ordenador portátil en el asiento trasero, en caso de impacto nos encontraríamos con un objeto que saldría proyectado, como si fuese una piedra de 85 kilogramos de peso, o si llevamos un simple teléfono móvil, se convertiría en una de 4 kilos. Así pues, cualquier objeto viajando a esta velocidad puede producir graves heridas, que aún serían mayores circulando a velocidades superiores como los 120 km/h.
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Además, hay que recalcar que una persona que no vaya correctamente sujeta en los asientos traseros, como por ejemplo los niños con su silla infantil, pueden salir despedidos en caso de impacto y podrían llegar a sufrir daños irreparables, al mismo tiempo que también podrían causarlos a los ocupantes delanteros como fruto del impacto contra ellos. De ahí, que sea tan importante no viajar con objetos en las plazas traseras.
¿Cómo transportar a las mascotas en los asientos traseros?
La legislación vigente recalca que todo objeto, equipaje y mascota debe viajar atado, y en el mercado se pueden encontrar una gran cantidad de productos destinados para este fin, como redes o correas. Gracias a ellos es posible evitar tanto posibles accidentes como las multas de 200 euros que los agentes podrían poner si incumples esta normativa.
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En el caso de las mascotas es habitual que nos encontremos con irregularidades, ya que hay quiénes las transportan sin ningún tipo de sistema de retención e incluso quienes las llevan sobre sus piernas en los asientos delanteros, todos ellos comportamientos que podrían suponer una sanción, más allá del riesgo que puede tener en caso de accidente tanto para el propio animal como para el resto de ocupantes.
Por tanto, las mascotas deben viajar siempre bien sujetas a los puntos de amarre de los asientos traseros. Si el animal viaja suelto en el coche, la multa es de 80 euros, mientras que, si está situado en el habitáculo del conductor, la sanción se sitúa entre los 200 y los 500 euros. En ambos casos, se trata de sanciones que no suponen la pérdida de puntos del carnet, si bien se debe evitar por seguridad.
Para el transporte de los perros, es posible recurrir a diferentes sistemas, que van desde usar un arnés con uno o dos enganches, el transportín y la rejilla divisoria, todos ellos legales y válidos. En cualquier caso, la mejor manera de llevar a las mascotas, si son pequeñas, es en un transportín en el suelo del vehículo encajado entre los dos asientos. Si se trata de una mascota grande, lo mejor es llevar el transportín en el maletero en posición transversal a la dirección de la marcha. En este último caso, la seguridad aumenta considerablemente si se combina con una rejilla divisoria.
También existe la posibilidad de usar el arnés, aunque el de un solo enganche es más frágil y no evita que el animal choque con el asiento delantero en caso de impacto, produciendo daños en la espalda del conductor o copiloto, y probablemente provocando su muerte. La mejor opción, en caso de optar por un arnés, es optar por el de dos anclajes, que evita el desplazamiento del perro, si bien el sistema de unión debe ser corto. Sin lugar a dudas, la peor situación es llevar el perro suelto, y además esto es sancionable por incumplir la ley.