Renovación del carnet de conducir: si cumples este requisito no tendrás que pagar ni un euro
Renovar la licencia de conducir puede ser un proceso caro, pero existen condiciones específicas que podrían eximirte del pago. A continuación, te detallamos los requisitos que debes cumplir para disfrutar de este beneficio.
28 agosto, 2023 11:47La gran mayoría de los españoles sueña con alcanzar la mayoría de edad para poder obtener el carnet de conducir, ya que a partir de los 18 años es posible ponerse, una vez superadas las correspondientes pruebas, al volante de la mayoría de coches. No obstante, hay quienes no pueden esperar para moverse de un lugar a otro, y en estos casos, es posible sacar un carnet de conducir a los 15 años, aunque en el periodo que transcurre hasta los 18 años solo pueden conducir ciclomotores de hasta 50 cc.
Otro factor habitual a considerar es que muchos conductores no recuerdan la fecha de renovación de su carnet de conducir, lo que hace que, una vez llegada la fecha para ello, no sepan muy bien los pasos a seguir. En este sentido, aquellos que tengan la app para dispositivos móviles de la DGT instalada recibirán un recordatorio que les avisará de que es el momento de renovar el mismo.
Para proceder a su renovación, lo más habitual en la actualidad es realizar los trámites pertinentes de forma directa en el Centro de Reconocimiento Médico, en el que se realiza el correspondiente informe de aptitud psicofísica que se requiere para poder obtener dicha renovación.
¿Se puede renovar el carnet de conducir gratis?
La tasa de renovación del carnet de conducir es de 24,58 euros, una cuantía que deben pagar todos los conductores, aunque existen algunos de ellos que podrán renovarlo de forma gratuita. Este es el caso de aquellos conductores mayores de 70 años, una edad a partir de la cual será gratuita la renovación del permiso de conducción. Una vez cumplida esta edad, se podrá evitar el abono de la tasa, aunque sí que tendrán que asumir el correspondiente coste del reconocimiento médico.
Periodos de renovación
De acuerdo a lo establecido por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT), las renovaciones del carnet de conducir se realizan cada 10 años hasta que se cumplen los 65 años de edad. A partir de ese momento, el periodo de renovación se reduce a 5 años, mientras que, una vez alcanzados y superados los 70 años, habrá que renovar el carnet de conducir cada dos años.
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Por otro lado, la DGT permite dar comienzo a los trámites de renovación del carnet de conducir con hasta tres meses de antelación a su fecha de caducidad. Hay que recordar que, el hecho de adelantarse a dicha fecha para efectuar la renovación, no supone que se reduzcan días de la validez del nuevo documento, ya que este comenzará en el día de caducidad del permiso de conducir anterior. Asimismo, es posible renovar de manera anticipada, siempre y cuando no se haya perdido la vigencia del carnet de conducir por la pérdida total de puntos.
Estos periodos son los establecidos para los conductores con carnet de moto (AM, A1, A2 y A) y/o de coche (clase B). En el caso de los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen una validez de 5 años para conductores de hasta 65 años, edad a partir de la cual la vigencia se reduce a los 3 años.
¿Qué pasa por conducir con el carnet de conducir caducado?
Es necesario tener siempre este documento en vigor, ya que conducir con el carnet caducado supone infringir la ley, independientemente de que se lleve un día con él caducado o un año. Según establece la ley de Tráfico, se considera una infracción grave y supone tener que hacer frente al pago de una multa de 200 euros, aunque en este caso no supone la pérdida de puntos.
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Además de la sanción económica mencionada, conducir con el carnet caducado puede llegar a ser considerado delito, lo que en su caso supondrá un castigo de multa de 12 a 24 meses, con pena de prisión de 3 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
También tiene otras consecuencias que merece la pena destacar, como la de que es posible que, si le sucede algo a tu coche, tu aseguradora te niegue su reparación por no tener el carnet de conducir en vigor, incluso aunque lo tengas asegurado a todo riesgo. Si has provocado daños a un tercero, la aseguradora se hará cargo del pago de los mismos, pero posteriormente te los reclamará. Esto sucede porque la aseguradora no cubre los daños si no se tiene el carnet de conducir en vigor, al igual que sucede si se circula con la ITV caducada o si se ha sufrido un accidente bajo los efectos del alcohol o las drogas.
¿Qué sucede si no se renueva el carnet de conducir?
Son muchas las personas que, por el no uso del vehículo o por no disponer de uno, a pesar de haber obtenido el carnet de conducir, se preguntan qué sucede si no lo renuevan en la fecha indicada, llegando a cuestionarse si esto supondrá la pérdida del mismo.
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En este sentido, hay que recalcar que si no vas a conducir no es obligatorio renovarlo, por lo que podrás tener el permiso caducado todo el tiempo que quieras. En el año 2008 se reformó el artículo 17,3 del Reglamento General de Conductores, estableciendo que ya no existiese límite para la renovación, con independencia de los años que hayan pasado con él caducado.